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GORKI-Los Jueces YUMPU

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Prólogo<br />

nalismo, sin embargo, hizo propios dos principios fundamentales<br />

que constituyen uno de los primeros documentos aprobados por la<br />

asamblea revolucionaria francesa 11 : el principio de la “garantie des<br />

droits” y el principio de la “séparation des pouvoirs”.<br />

La combinación de carácter sustancialmente absoluto asumido<br />

sobre el plano técnico-jurídico por el poder legislativo y el reforzamiento<br />

de la legitimación a este conferida por la transferencia del derecho<br />

heredado por una asamble electiva, indujeron a los constituyentes revolucionarios<br />

(en esto ciertamente no contradichos por los gobiernos que<br />

operaron en Francia allá durante el periodo napoleónico y después en<br />

la edad de la Restauración y a continuación), a considerar con extrema<br />

desconfianza cualquier manifestación de la actividad judicial que pudiese<br />

comportar la producción de normas jurídicas dotadas de alcance<br />

abstracto y general, como había ocurrido en la fase inmediatamente<br />

precedente a 1789, cuando a juicio de muchos, los Parlements 12 habían<br />

abusado en este sentido de los poderes que disponían.<br />

El resultado de estas diversas influencias fue el principio<br />

de la separación de poderes entendido en Francia (y en los otros<br />

países que siguieron el modelo francés de los problemas del<br />

ordenamiento judicial), en modo diverso que Inglaterra (y, más<br />

1804, aún vigente, establece que “il est defendu aux juges de prononcer par voie<br />

de disposition générale et réglementaire sur les causes qui leur sont soumises”.<br />

11 El 26 de agosto de 1789 esta fue puesta en el texto de la Primera Constitución<br />

revolucionaria del 3 de septiembre de 1791 y ha sido sucesivamente reclamada<br />

y puesta nuevamente en vigor por la Constitución del 27 de octubre de 1946<br />

(4ta República), ye confirmada por la del 4 ottobre 1958 (5ta Repubblica).<br />

Consiguientemente ésta, actualmente, forma parte del bloc de constitutionnalité,<br />

que supone parámetro de los juicios de constitucionalidad de las leyes de<br />

competencia del Conseil constitutionnel.<br />

12 <strong>Los</strong> Parlements franceses eran en realidad las cortes judiciales que habían<br />

asumido funciones normativas a través de los arrêts de règlement y a través de<br />

los remontrances opuesto a la solicitud de registo de los actos del Soberano.<br />

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