05.12.2018 Views

CODIGO-CIVIL

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

LIBRO X<br />

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO<br />

CONCORDANCIAS: Casación Nº 637-2009-LIMA, del 6 de agosto de 2009, de<br />

la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia<br />

de la República. (Considerandos 3 al 5) (Excepciones a la<br />

regla de competencia)<br />

Casación Nº 1770-2004-LIMA, del 28 de setiembre de<br />

2005, de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema<br />

de Justicia de la República. (Considerandos 6 y 8)<br />

(Inaplicación de resolución de juez extranjero)<br />

Casación Nº 1609-2007-LIMA, del 5 de julio de 2007,<br />

de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de<br />

Justicia de la República. (Considerandos 2, 4, 5 y 12)<br />

(Competencia facultativa y la competencia exclusiva)<br />

Decreto Legislativo Nº 295 Código Civil<br />

TÍTULO I<br />

Disposiciones Generales<br />

CONCORDANCIA: Ley Nº 28677, Art. 56º<br />

Igualdad de derechos para peruanos y extranjeros<br />

Artículo 2046º.- Los derechos civiles son comunes a peruanos y extranjeros,<br />

salvo las prohibiciones y limitaciones que, por motivo de necesidad nacional, se<br />

establecen para los extranjeros y las personas jurídicas extranjeras. 639<br />

Normas aplicables<br />

Artículo 2047º.- El derecho aplicable para regular relaciones jurídicas vinculadas<br />

con ordenamientos jurídicos extranjeros se determina de acuerdo con los tratados<br />

internacionales ratificados por el Perú que sean pertinentes y, si estos no lo fueran,<br />

conforme a las normas del presente Libro.<br />

Además son aplicables, supletoriamente, los principios y criterios consagrados por<br />

la doctrina del Derecho Internacional Privado.<br />

679<br />

LIBRO X<br />

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO<br />

Competencia de jueces peruanos<br />

Artículo 2048º.- Los jueces aplicarán únicamente el derecho interno del Estado<br />

declarado competente por la norma peruana de Derecho Internacional Privado.<br />

Incompatibilidad de norma extranjera<br />

Artículo 2049º.- Las disposiciones de la ley extranjera pertinente según las<br />

normas peruanas de Derecho Internacional Privado, serán excluidas sólo cuando<br />

639 Rectificado por Fe de Erratas, publicada el 7 de setiembre de 1984.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!