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CODIGO-CIVIL

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Ministerio de Justicia y derechos Humanos<br />

Acuerdo Plenario del Tribunal Registral, en el VIII Pleno,<br />

del 13 y 14 de agosto de 2004. (Cancelación de hipotecas<br />

que garantizan obligaciones indeterminadas)<br />

Acuerdo Plenario del Tribunal Registral, en el XCVIII Pleno,<br />

del 23 de octubre de 2012. (Cuando se pacta que la<br />

hipoteca garantiza las obligaciones directas o indirectas<br />

emanadas de un contrato, las obligaciones garantizadas<br />

son las expresadas en dicho contrato y las que puedan<br />

derivar de las normas legales aplicables al mismo, no<br />

requiriéndose acreditar el nacimiento de presuntas<br />

obligaciones futuras o eventuales no expresadas)<br />

Acuerdo Plenario del Tribunal Registral, en el LX Pleno,<br />

del 17 de junio de 2010. (Tratándose de hipotecas<br />

que garantizan obligaciones mixtas, una nacida con<br />

la hipoteca y otras futuras y/o eventuales, caducarán<br />

si se hace constar el nacimiento de la obligación y el<br />

vencimiento del plazo)<br />

362<br />

Acuerdo Plenario del Tribunal Registral, en el LXXXVI<br />

Pleno, del 23 de marzo de 2012. (La inscripción de la<br />

cesión de hipoteca no constituye renovación de la misma<br />

ni modifica el cómputo del plazo de caducidad)<br />

Acuerdo Plenario del Tribunal Registral, en el LXXXVI<br />

Pleno, del 23 de marzo de 2012. (La renovación de<br />

hipoteca requiere la declaración expresa del acreedor<br />

en el sentido que la obligación garantizada no se ha<br />

extinguido. Por lo tanto, no constituye renovación de la<br />

hipoteca la declaración del acreedor en el sentido que se<br />

pretende proteger la vigencia de la garantía)<br />

Precedente de Observancia Obligatoria adoptado por<br />

el Tribunal Registral en el XII Pleno, del 4 y 5 de agosto<br />

de 2005. (Procede inscribir hipotecas constituidas por<br />

declaración unilateral del propietario, sin necesidad de<br />

intervención del acreedor)<br />

Precedente de Observancia Obligatoria adoptado<br />

por el Tribunal Registral en el L Pleno, del 3, 4 y 5 de<br />

agosto de 2009. (La extinción de la persona jurídica<br />

acreedora determina la extinción de la obligación y<br />

consecuentemente la extinción de la hipoteca)<br />

Precedente de Observancia Obligatoria adoptado por<br />

el Tribunal Registral en el XCIX Pleno, del 15 y 16 de<br />

noviembre de 2012. (En aplicación del principio de<br />

legitimación, procede la inscripción de la escritura pública<br />

de levantamiento de hipoteca otorgada por sólo uno de<br />

los cónyuges, cuando la hipoteca se registró a favor de<br />

este consignando su estado civil de casado, sin haber<br />

consignado el nombre del cónyuge)

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