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CODIGO-CIVIL

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Ministerio de Justicia y derechos Humanos<br />

que Foley y Erman atendían en sus necesidades cotidianas a la causante, haciéndole<br />

la comida, dándole sus medicinas, lavando su ropa, cuidando de su higiene<br />

personal, limpiando su casa. Sin embargo, entendió que eran susceptibles de ser<br />

considerados como “care custodians” y, en aplicación de la legislación californiana,<br />

los excluyó de la sucesión en lo que sería un equivalente de nuestra inhabilidad para<br />

suceder. 225<br />

III. LA PROTECCIÓN DEL TESTADOR VULNERABLE EN LOS<br />

DERECHOS <strong>CIVIL</strong>ES ESPAÑOLES<br />

Ninguno de los derechos civiles españoles recoge una figura similar a la undue<br />

influence norteamericana. Esto no significa, sin embargo, que el testador vulnerable<br />

quede completamente desprotegido ante la posible captación de su voluntad por<br />

parte de personas que desean obtener alguna atribución mortis causa. Antes al<br />

contrario, existen una multiplicidad de expedientes que, funcionalmente, pueden<br />

desempeñar un papel similar. 226<br />

262<br />

1. La capacidad para otorgar testamento<br />

Los ordenamientos civiles españoles, además de una determinada edad –los<br />

catorce años, una de las más bajas de Europa 227 –, exigen para otorgar validamente<br />

testamento que el causante se halle en el goce de sus facultades mentales, es decir,<br />

que tenga capacidad natural en el preciso momento de testar (Art. 663.2 CC, 421-4<br />

CCCat, 408 CFA, ley 184 FN). La falta de capacidad natural determina la nulidad del<br />

testamento, y esta es la primera vía que pueden tomar los jueces y tribunales ante<br />

la captación de la voluntad del testador vulnerable. La sentencia con que se inicia<br />

este trabajo constituye un ejemplo, pero pueden citarse otros. Por ejemplo, en la<br />

STSJ Cataluña 1.7.1999 228 , la testadora, mientras estaba ingresada en el hospital,<br />

testó a favor de una sobrina con sustitución vulgar a favor de su descendencia. El<br />

tribunal consideró nulo el testamento sobre la base de la enfermedad mental<br />

–alzheimer– que le impedía gobernarse por sí misma. Por su parte, la STS<br />

5.11.2009 229 declara nulo por falta de capacidad de la testadora un testamento<br />

225 California Probate Code section 21350. (a) Except as provided in Section 21351, no provision, or<br />

provisions, of any instrument shall be valid to make any donative transfer to any of the following: (...) (6)<br />

A care custodian of a dependent adult who is the transferor”.<br />

226 Scalise, “Undue Influence”, pp. 60 y ss., realiza precisamente un esfuerzo por señalar las similaridades<br />

funcionales entre la undue influence norteamericana y otras figuras propias de los derechos civiles<br />

continentales.<br />

227 Vaquer, Antoni, “The Law of Successions”, en Bussani, Mauro, Werro, Franz, European Private Law: A<br />

Handbook, vol. I, Berne, et ál. Stämpfli, et ál., 2009, p. 559, nota 17.<br />

228 RJ 2000/8030.<br />

229 RJ 2010/84.

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