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CODIGO-CIVIL

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Ministerio de Justicia y derechos Humanos<br />

7. Por mucho que nos cueste… familia ensamblada y sucesión ab<br />

intestato no acaban de ser las variables de una ecuación lineal<br />

Resulta bien difícil hacer cambiar la mente de las personas. Siglos de arraigo<br />

no desaparecen así como por arte de magia. Familia ensamblada y sucesión ab<br />

intestato todavía hoy no son las variables de una ecuación lineal, cuyo saldo o<br />

resultado debiera ser el fortalecimiento de la solidaridad familiar. Si como dijera<br />

Ihering, “a los ojos de la historia, de la filosofía, la noción de la herencia comprende<br />

toda la civilización humana. La sucesión es la condición de todo progreso humano,<br />

en el sentido, de la historia de la civilización. El sucesor utiliza la experiencia de su<br />

predecesor, realiza el capital intelectual y moral de éste. La historia es el derecho<br />

hereditario en la vida de la humanidad”. 123 Ergo, las normas del Derecho de<br />

sucesiones no pueden mantenerse impávidas ante los impulsos que tensan las<br />

relaciones familiares actuales.<br />

162<br />

Expresa Ciuro Caldani que: “El complejo de herederos testamentarios que la<br />

ley permite y de herederos ab intestato y dotados de legítima que la ley asigna a<br />

una persona constituye un magnífico ejemplo de lo que el Derecho Sucesorio<br />

y en general la cultura piensan de ella”. 124 Con ese argumento defiende la idea<br />

de “reconocer la invocacion ‘futuriza’ de los descendientes, de pasado de los<br />

ascendientes, de complementación de la persona del cónyuge y los colaterales,<br />

etc”. 125 Pero las claves de la sucesión mortis causa para el autor siguen siendo los<br />

mismas, ni más, ni menos. Ciertamente los presupuestos de la sucesión ab intestato<br />

continúan siendo muchos más abstractos que los de la sucesión testamentaria,<br />

pero compete a los legisladores contemporaneizar la norma con la realidad social, si<br />

quieren que la primera alcance la eficacia y efectividad perseguidas.<br />

Es cierto que “… en la sucesión han de coadyuvar, por integración en el mismo<br />

nivel, los valores justicia, utilidad y amor. Una sucesión ha de ser justa y útil y ha<br />

de abrir cauces al amor”. 126 Estos valores han de sopesarse, y ser ubicados de<br />

manera equidistante, sin romper el justo equilibrio que ellos representan. La<br />

necesidad de redibujar el concepto de familia, de acercar los derechos hereditarios<br />

a los verdaderamente afectivos, más allá aún de la sangre y de adecuar los clásicos<br />

moldes de las sucesiones ab intestato a las nuevas formas familiares que pulsan<br />

el devenir de estos tiempos, son retos que debemos imponernos, si queremos<br />

despejar de una vez y por todas, las variables que conforman la compleja ecuación<br />

social que las familias ensambladas representan.<br />

123 Von Ihering, Rudolph, El fin en el Derecho, traducción de Leonardo Rodríguez, Rodríguez Serra, editor,<br />

Madrid, s. f., p. 55.<br />

124 Ciuro Caldani, Miguel Ángel, “Aportes integrativistas al Derecho de sucesiones (La sucesión como hora<br />

de la verdad de la persona física”, en Investigación y docencia, Nº 40, www.centrodefilosofia.org.ar,<br />

consultado el 3 de marzo de 2011, p. 33.<br />

125 Ídem.<br />

126 Ídem, p. 30.

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