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CODIGO-CIVIL

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elevantes (y, además, vinculantes incluso para el mismo sujeto, donde se<br />

encuentren involucrados derechos de terceros): acta de matrimonio, contrato<br />

de trabajo o de locación, declaración de aceptación de herencia, etc.<br />

Por tanto, se comprende la función propia del acto y la razón por la cual es<br />

reconocida por la ley, como, en tanto, produzca los efectos que le son propios<br />

en cuanto sean deseados por un sujeto que tenga la capacidad legal para<br />

realizarlos.<br />

5. Actos jurídicos, declaraciones y operaciones materiales<br />

Entonces, los actos jurídicos son negociables o no negociables, consisten en<br />

acciones humanas a las cuáles la ley adjudica efectos jurídicos. Estas acciones<br />

pueden consistir en declaraciones o en operaciones materiales sin que esto influya<br />

en la naturaleza jurídica de los actos y en sus efectos.<br />

Decreto Legislativo Nº 295 Código Civil<br />

En el ámbito de los actos negociables se tendrán además declaraciones (de voluntad):<br />

el sujeto declara qué efectos busca perseguir y dispone así de su esfera jurídica (por<br />

ejemplo, Ticio declara renunciar a su derecho). Es posible que el sujeto manifieste<br />

su propia intención no sólo con las declaraciones (con signos del lenguaje, palabras,<br />

escritos, etc.), sino también con operaciones materiales, que si bien en la vía<br />

inmediata modifican la realidad física, tienen además un determinado significado<br />

social y jurídico. Así quien destruye su propio testamento o sube a un autobús<br />

manifiesta, respectivamente, la voluntad de revocar las disposiciones contenidas en el<br />

testamento y la voluntad de estipular un contrato de transporte (cfr. Art. 684 del C.C.<br />

italiano). En tales actos, no es identificada solo una simple operación material, un puro<br />

acontecimiento físico, sino la voluntad de producir efectos jurídicos: tiene, entonces,<br />

naturaleza negociable y toma el nombre de negocio de actuación (otros ejemplos, se<br />

tienen en el retiro del testamento secreto y en la convalidación del contrato mediante<br />

ejecución: Arts. 608, 1444 del C.C. italiano).<br />

117<br />

LIBRO II<br />

ACTO JURÍDICO<br />

Asimismo, en el ámbito de los actos jurídicos en sentido estricto, el acto humano<br />

puede consistir principalmente en una operación material, como el pago de la<br />

deuda, la oferta de cumplimiento, la toma de posesión de un bien, la destinación<br />

de una cosa a servicio de otra (Arts. 1191, 1209, 923, 817 del C.C. italiano). Pero<br />

puede consistir en una declaración que será, entonces, declaración de ciencia (o<br />

“participación” o comunicación de hechos conocidos) y no declaración de voluntad<br />

(ya que, como se ha visto, no es exigida la voluntad de los efectos para que estos<br />

se produzcan). Así acontece, por ejemplo, en el testimonio, en la confesión,<br />

en la intimación, en el requerimiento por cumplir, en los avisos, denuncias o<br />

notificaciones, en el reconocimiento de un hijo natural, en la expedición de un<br />

recibo (Arts. 2730, 1219, 1264, 1495, 250, 1195 del C.C. italiano). Se trata en todo<br />

caso de actos no negociales porque los efectos están vinculados directamente al

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