DOCUMENTO-TASCO
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Gobernación de Boyacá - UPTC ccxxxii<br />
Anexos<br />
Anexo A. Acta de Deslinde entre los municipios de Tasco y Beteitiva<br />
<strong>DOCUMENTO</strong> DESCRIPCIÓN BIBLIOGRAFÍA<br />
En el Municipio de Tasco a los trece días del mes de Marzo de<br />
mil novecientos setenta, convocados por ALBERTO LÓPEZ<br />
SALAZAR CC. #2850175 de Bogotá, Ingeniero Geógrafo,<br />
comisionado por Resolución N° 032 de Enero 14 de 1970,<br />
emanada de la Dirección del Instituto Geográfico “AGUSTÍN<br />
CODAZZI”, para realizar éste deslinde, se reunieron los<br />
señores: TOMAS SERRANO M CC. #1168163 de Tasco,<br />
Alcalde Municipal de Tasco; CAMPO ELÍAS ROJAS CC.<br />
#167587 de Tasco, Personero Municipal de Tasco; VÍCTOR<br />
JULIO MELÉNDEZ GARCÍA CC. #1007713 de Boyacá,<br />
Alcalde Municipal de Beteitiva; RAFAEL ALBARRACÍN<br />
PATIÑO CC. #1003800 de Betéitiva, Personero Municipal de<br />
Betéitiva; quienes como representantes legales de los<br />
Municipios antes mencionados, en virtud del Artículo 2° de la<br />
Ley 62 de 1939, declaran y dejan constancia de los siguiente:<br />
Acta de Deslinde<br />
entre los Municipios<br />
de Tasco y Betéitiva<br />
13 de marzo de 1970<br />
PRIMERO. Que no existe ninguna Ley, Ordenanza, Decreto u<br />
otro documento legal que fije la línea limítrofe entre los<br />
Municipios antes mencionados.<br />
SEGUNDO. Que existe una línea definida y aceptada por las<br />
dos Entidades Municipales desde tiempo inmemorial.<br />
TERCERO. Que la descripción de ésta línea es la siguiente:<br />
“Partiendo de la Confluencia de la Quebrada Buntía, con el<br />
Río Chicamocha, punto de concurso de los Municipios de<br />
Betéitiva, Tasco y Corrales; se continúa por este río, hasta<br />
encontrar por su margen izquierda la confluencia de la<br />
Quebrada Huerta Chiquita, punto de concurso de los<br />
Municipios de Betéitiva, Paz de Río y Tasco, final de la línea<br />
limítrofe antes mencionada.”<br />
CUARTO. Que en unión de los comisionados se ha<br />
identificado la línea en cuestión<br />
QUINTO. Que este límite se reconoce y se reconocerá en el<br />
futuro para todos los efectos legales.<br />
SEXTO. Que la línea así descrita ha quedado señalada en las<br />
Aerofotografías y Cartas del Instituto.<br />
En constancia de lo actuado se firma por los que en ella<br />
intervinieron, en cinco ejemplares útiles<br />
Instituto Geográfico<br />
“AGUSTÍN CODAZZI”<br />
Sección Límites.