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En los seguros de vida individuales<br />
las aseguradoras están obligadas a<br />
entregarle la póliza al asegurado.<br />
En los seguros de vida grupales o<br />
colectivos cada asegurado debe<br />
recibir un certificado individual de<br />
cobertura, quedando la póliza en<br />
poder del Tomador o Contratante.<br />
Ver gráfico Nº 3<br />
Para concluir, algunos tips<br />
En el frente de la póliza debe estar<br />
claramente especificado el inicio y<br />
el fin de la vigencia de la póliza.<br />
El beneficio o indemnización debe<br />
ser abonada por la aseguradora<br />
dentro de los 15 días de presentadas<br />
las pruebas requeridas.<br />
Tener en cuenta que el capital asegurado<br />
en algunos seguros puede<br />
tener una reducción a determinada<br />
edad.<br />
Si el seguro cuenta con coberturas<br />
adicionales a la de Fallecimiento,<br />
considerar cuál es el capital asegurado<br />
de ellas, hasta qué edad se<br />
etienden y cuál es el costo de ellas.<br />
No se pueden contratar seguros<br />
sobre la vida de interdictos o de<br />
menores de 14 años.<br />
Para los seguros de vida con ahorro<br />
se debe tener en cuenta la tasa a la<br />
que se efectúan las proyecciones.<br />
Si la persona que va a contratar el<br />
seguro tiene más de 60 años, le será<br />
más complicado renovar o contratar<br />
un nuevo seguro.<br />
Informarse si existen carencias o<br />
franquicias estipuladas en el seguro<br />
que se está contratando. En caso<br />
de tenerlas, valorar si las mismas se<br />
Gráfico Nº 2<br />
adecuan a las necesidades.<br />
Una vez transcurridos 3 años de<br />
cobertura ininterrumpida desde el<br />
Gráfico Nº 3<br />
inicio de vigencia del seguro, las a-<br />
seguradoras están obligadas a<br />
cubrir el suicidio voluntario.<br />
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