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4. ESTANDARES EHR. ABANDONO DE CONTENEDORES

El abandono de contenedores en destino es una situación en la cual el destinatario no retira los contenedores del puerto, originando numerosos costes debido a las demoras y ocupaciones generadas. En una situación así intervienen distintas regulaciones y regulaciones, por lo que dicha situación suele ser compleja de resolver. Es por ello que he decidido desarrollar este Estándar EHR en el que poder analizar esta situación, su regulación, recomendaciones para su resolución y también para evitar en la medida de lo posible los daños que pudieran producirse

El abandono de contenedores en destino es una situación en la cual el destinatario no retira los contenedores del puerto, originando numerosos costes debido a las demoras y ocupaciones generadas. En una situación así intervienen distintas regulaciones y regulaciones, por lo que dicha situación suele ser compleja de resolver. Es por ello que he decidido desarrollar este Estándar EHR en el que poder analizar esta situación, su regulación, recomendaciones para su resolución y también para evitar en la medida de lo posible los daños que pudieran producirse

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EVA HERNAN<strong>DE</strong>Z RAMOS︎<br />

8. Cómo se sugiere que actúen el resto de partes tras el<br />

abandono.<br />

Según las cláusulas habituales de los conocimientos de embarque de<br />

transporte internacional, las personas jurídicas que entran dentro de la<br />

definición de COMERCIANTE (“MERCHANT”) son solidariamente<br />

responsables del pago de todos los gastos devengados por el transporte<br />

de los géneros. Para el clausulado habitual:<br />

Merchant" - means jointly and severalty the shipper, the consignee, the<br />

holder and any assignee of this Bill of Lading. (Comerciante "- significa en<br />

forma conjunta y múltiple el embarcador(remitente), el consignatario, el<br />

titular y cualquier cesionario de este Conocimiento de Embarque)<br />

El contrato evidenciado por este Conocimiento de Embarque es entre el<br />

Transportista (naviera) y el Comerciante (resto de partes). El remitente, el<br />

consignatario, el titular y cualquier cesionario de este Conocimiento de<br />

Embarque correrán solidariamente con el Transportista por todas las<br />

diversas responsabilidades, obligaciones y responsabilidades del<br />

Comerciante en virtud del presente documento o en conexión con éste.<br />

El acreedor (naviera) puede dirigir reclamación contra todos o contra una<br />

de las partes, independientemente de que se haya producido en destino.<br />

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