La Convocatoria
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Invocadores<br />
A la hora de empezar a desarrollar sus aptitudes de convocatoria, un personaje puede declarar<br />
que quiere especializarse en el arte de la Invocación. Al hacerlo, su habilidad de Convocar deja<br />
de permitirle llamar a criaturas sobrenaturales; ya no puede utilizarla más para atraer a seres<br />
que se manifiesten en su presencia. A cambio, se vuelve un verdadero maestro en el arte de la<br />
invocación, siendo capaz de minimizar el gasto de energías que necesita para invocar Arcanos,<br />
Encarnaciones, Grandes Bestias o Aeones. Por tanto, cada vez que recurra a una invocación,<br />
gasta sólo la mitad del Esencia indicado por el poder que está empleando.<br />
Esta especialización no le impide en absoluto atar, desconvocar o controlar seres con<br />
normalidad.<br />
Indicar ficha que es Especialista en Invocación.<br />
Múltiplos de Regeneración de Esencia<br />
Un personaje puede declarar que quiere gastar PD en incrementar únicamente su<br />
Regeneración de Esencia en lugar de su ACE. En dicho caso, debe de invertir solamente la<br />
mitad de los Puntos de Desarrollo que le costaría un Múltiplo de Acumulación; al hacerlo,<br />
incrementa el valor de su ACE completo a su Regeneración de Esencia, aunque no por ello su<br />
ACE real. Naturalmente, este gasto se considera incluido dentro del grupo de Aptitudes de<br />
Combate. Es decir, un múltiplo les costaría 2 PP en vez de 5 PP.<br />
Indicar en la ficha en el parámetro ACE con: ‘’Solo Regeneración’’.<br />
Familiares e Invocaciones Iniciales<br />
Cuando creas un Convocador, siempre podrás invocar criaturas que existan en el Mundo, pero<br />
también hay Seres con Mayor poder con los que deber realizar un Pacto. En esta ocasión, al<br />
iniciar un Personaje Convocador, obtendréis 3 Arcanos, se entenderá que ya habéis hecho los<br />
pactos; y un Familiar, el familiar podéis usar uno de la sección de criaturas o crea uno propio<br />
con el Capítulo 18: Creación de Seres.<br />
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