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Foto 7. Torres del templo jesuita. Foto: Guillermo Reynoso Sparrow<br />

Foto 6. Catedral de Puebla. Foto: Guillermo Reynoso Sparrow<br />

y la Ley sobre Conservación de Monumentos Históricos y Artísticos<br />

y Bellezas Naturales de 1914 5 . En la Constitución de<br />

1917, en el gobierno de V. Carranza (1914 y de 1915-1920), se<br />

destaca que “…la Nación tendrá en todo tiempo el derecho<br />

de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte<br />

el interés público… para hacer una distribución equitativa<br />

de la riqueza pública y para lograr su conservación…” mismo<br />

gobierno que auspició con anterioridad la Ley de Conservación<br />

de Monumentos, Edificios, Templos y Objetos Históricos<br />

y Artísticos el 16 de enero de 1916 6 . En el gobierno de Pascual<br />

Ortiz R. (1930-1932) se emitió la Ley sobre Protección y<br />

Conservación de Monumentos y Bellezas Naturales seguido<br />

de su Reglamento correspondiente en 1934, en el gobierno<br />

de Lázaro Cárdenas (1934-1940) en cuyo mandato se creó el<br />

Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) como órgano<br />

operativo para hacer valer tales disposiciones. En 1945<br />

se creó la UNESCO (United Nations Educational, Scientific and<br />

Cultural Organization) con sede en París, dando lugar a la creación<br />

en México de la Comisión Mexicana de Cooperación con<br />

la UNESCO (CONALMEX), como órgano de la Secretaría de<br />

Educación Pública (SEP) el 29 de abril de 1967, así como el<br />

ICOMOS 7 . En este contexto se declararon 41 zonas monumentales<br />

en 1972 en el gobierno de L. Echeverría, seguido del<br />

correspondiente a Puebla el 7 de noviembre de 1977, proceso<br />

que acompañó la creación de otros organismos que, en una u<br />

otra forma, han intervenido en el tema que nos ocupa, como<br />

la Secretaría de Turismo (SECTUR), el Consejo Nacional para<br />

la Cultura y las Artes (CONACULTA), el Fondo Nacional para<br />

la Cultura y las Artes (FONCA), el Banco Nacional de Obras<br />

y Servicios Públicos (BANOBRAS), la Secretaría de Desarrollo<br />

Social (SEDESOL), el Fondo Nacional de Fomento al Turismo<br />

(FONATUR), etc.<br />

En Puebla, el interés por proteger el Centro Histórico data desde<br />

1972 con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas<br />

e Históricas de la que derivaron el Reglamento y la<br />

Declaratoria de Zonas de Monumentos Históricos de la Ciudad<br />

de Puebla de Zaragoza de 17 de noviembre de 1977. A la Ley<br />

General de Asentamientos Humanos emitida por la Federación<br />

en 1976 se sumó la estatal Ley de Desarrollo Urbano del Estado<br />

de Puebla en 1977, sucediéndose otras: el Plan Director Urbano<br />

de la Ciudad de 1980, el Plan Parcial de desarrollo Urbano del<br />

Centro Histórico de 1982, el Programa de Revitalización del Casco<br />

Histórico de 1983 y su complemento, el Decreto de Creación<br />

del Consejo Consultivo del H. Ayuntamiento. La integración de<br />

acciones ocurrió según la siguiente relación: Ley de Protección<br />

y Conservación de Poblaciones Típicas y Bellezas Naturales del<br />

Estado de Puebla (1986), Plan parcial del Centro Histórico de<br />

Puebla (1987) y Declaratoria de Puebla como Patrimonio de la<br />

Humanidad por la UNESCO (1987). En la siguiente década se decretó<br />

la creación del Consejo del Centro Histórico (1991) y en el<br />

mismo año, el Plan Director Urbano de la Ciudad de Puebla, seguido<br />

del Programa Operativo de Rehabilitación y Reutilización<br />

del Centro Histórico (1992), el Programa de Desarrollo Regional<br />

Angelópolis y el Proyecto Río San Francisco (1993) y el Programa<br />

Parcial de Recuperación de la Zona Monumental de la Ciudad de<br />

Puebla (1995). De mayor impacto fueron el Plan de Conservación<br />

y Ordenamiento Urbano del Paseo del Río San Francisco (1996)<br />

y su Plan Maestro (2001), la creación de la Gerencia del Centro<br />

Histórico de la Ciudad de Puebla (2014), el Programa Parcial de<br />

Desarrollo Urbano Sustentable del Centro Histórico del Municipio<br />

de Puebla y el Plan de Manejo Parcial del Centro Histórico<br />

(2015). La Gerencia mencionada es la más reciente organización<br />

cuyos objetivos son conocer, preservar, proteger, vigilar, rescatar<br />

y mejorar el Centro Histórico y zonas patrimoniales del municipio<br />

de Puebla, divulgando sus valores y promoviendo la ocupación<br />

inmobiliaria, inversión, investigación y ejecución de proyectos estratégicos<br />

urbanos y la participación ciudadana.<br />

Todo lo mencionado es prueba de que se ha legislado y<br />

promovido la conservación del Centro Histórico de la ciudad de<br />

Puebla, a pesar de que hasta la fecha no se ha formulado un Plan<br />

de Conservación del Centro Histórico de la Ciudad de Puebla<br />

que haya tenido continuidad integral con acuse de resultados<br />

correlacionados unitaria y sistemáticamente, consensuado entre<br />

autoridades, empresarios y ciudadanía en general, lo que por<br />

cierto se esperaría de la dependencia ya citada.<br />

Lo expuesto daría lugar a la siguiente estimación en relación<br />

a la conservación de los centros históricos, en beneficio<br />

del que a Puebla le corresponde: el caso de Quebec<br />

es ejemplo de organización, coordinación y manejo integral<br />

de la protección del Centro Histórico desde los tiempos del<br />

intendente Talon, como se vio, con algunos reclamos en<br />

torno a la revitalización de la place Royale; el caso de San<br />

Agustín es un ejemplo similar, con la observación de que,<br />

en su momento, era necesario redefinir las ordenanzas y revisar<br />

críticamente las tareas de los consejos de Preservación<br />

Histórica, lo que seguramente ya se cumplió; y el caso de<br />

Puebla, muy rico en experiencias parciales, pero sin ningún<br />

plan permanente, continuo y con participación de actores<br />

hasta hoy ignorados. ▚<br />

5<br />

Schroeder C., F.A., 2014, Legislación protectora de los monumentos y zonas de monumentos en México, citado por González G. y Hiernaux, N.D.<br />

6<br />

González y Hiernaux, Op. Cit.<br />

7<br />

International Council on Monuments and Sites, creado bajo la égida de la UNESCO en 1965 con el fin de patrocinar la documentación sobre conservación y restauración del<br />

patrimonio monumental, y la definición de criterios para seleccionar los sitios con calidad de Patrimonio de la Humanidad, como resultado de la Convención de Venecia en 1964.<br />

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Año 3 / Núm. 12 / invierno 2017

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