Enriquecimiento sin justa causa
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Luego si quien se ésta viendo afectado económicamente en la ejecución del contrato no<br />
expresa de manera clara y precisa esas condiciones o circunstancias que lo están afectando ni<br />
en qué forma, al momento de suscribir las suspensiones, adiciones o prórrogas del plazo<br />
contractual, contratos adicionales, otrosíes, etc., ya posteriormente no podrá formular<br />
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reclamación alguna .<br />
El desequilibrio financiero del contrato es un asunto técnico y por ende su prueba debe ser<br />
rigurosa, objetiva y debidamente soportada; no bastan simples planteamientos doctrinales o<br />
jurisprudenciales; se hace necesario prueba idónea, adecuada y pertinente que evidencie en<br />
concreto, la magnitud del desajuste económico del negocio y su impacto en la conmutatividad<br />
del mismo.<br />
8. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, Consejero Ponente: Jaime Orlando Santofimio Gamboa, Bogotá D.C., veinticuatro (24) de abril de dos mil diecisiete<br />
(2017), expediente 55.836