Tarea 4

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legítima estricta y el tercio de mejora, entre los dos forma lo que se llama la legítima global. El resultado de las operaciones anteriores se calcula la legítima global que será: Caso de descendientes 2/3 del haber hereditario (legítima estricta +mejora) Caso de ascendientes 1/2 o 1/3 si concurren con el cónyuge viudo. FUENTE: http://www.mundojuridico.info/calculo-de-la-legitima/ AUTOR: LORENT GOMEZ SALEH Los Fideicomisos todo lo que debemos saber y su importancia en la actualidad El fideicomiso, como indica la misma palabra, comenzó siendo una disposición de última voluntad mediante la cual el disponente rogaba, encomendaba (commitere) a la buena fe y lealtad (fidei) de una persona de confianza, que realizara un encargo a favor de un tercero. Aunque el fideicomiso, dada su enorme ductilidad y adaptabilidad a cualquier fin que quisiera el testador, y dada la exclusión de formalidades, representaba enormes ventajas respecto al legado, no logró desbancarlo sino que ambas instituciones convivieron durante mucho tiempo. Sujetos del fideicomiso romano La persona que dispone el fideicomiso se llama fiduciante, fiduciario es la persona que debe cumplir el deseo o encargo del fiduciante, y fideicomisario aquél beneficiado por el fideicomiso. FIDEICOMITENTE Es la persona titular de los bienes o derechos, que transmiten a la fiduciaria para el cumplimiento de una finalidad lícita, debiendo contar con la capacidad jurídica para obligarse para disponer de los bienes. FIDUCIARIO

El fiduciario puede estar enmarcado dentro de cualquiera de las empresas autorizadas por la ley, y que se hallan nominadas en la ley pertinente (Decreto Legislativo Nº 861 art. 302º, Ley 26702 art. 242º). Es a quien se encarga la administración de los bienes. Los recibe en propiedad, pero para ser destinados o que el producto de su administración sea destinado a una finalidad especifica. Nunca puede ser fideicomisario. FIDEICOMISARIO Es la persona que recibe el beneficio del fideicomiso (no siempre existe), o la que recibe los remanentes una vez cumplida la finalidad perseguida a través del fideicomiso. Recibe los beneficios del encargo establecido, e inclusive los bienes materia del fideicomiso o la conclusión de este. Las obligaciones son: a) Deben sujetarse a los términos del contrato constitutivo para cumplir la finalidad. b) Deben aceptar el fideicomiso, que es una potestad del fiduciario. c) Conservar y mantener los bienes. d) Llevar por separado contabilidad para cada Fideicomiso. e) Cumplir las obligaciones tributarias derivadas del Fideicomiso. f) Realizar sus actividades mediante un delegado fiduciario. Únicamente podrán delegarse aquellas funciones que se consideren secundarias, que no impliquen facultades de mando, decisiones o actos discrecionales. a) Guardar el secreto fiduciario. b) Presentar y rendir cuentas. Las facultades son: a) Tendrá las facultades que se le señalen en el acto constitutivo, pueden realizar actos de dominio. b) Permutar. c) Transferir la propiedad. d) Administrar y obtener créditos. e) Gravar. f) Arrendar. g) Efectuar operaciones y mejora a) Tendrá las facultades que se le señalen en el acto constitutivo, pueden realizar actos de dominio. b) Permutar. c) Transferir la propiedad. d) Administrar y obtener créditos. e) Gravar. f) Arrendar. g) Efectuar operaciones y mejoras. Las facultades son:

El fiduciario puede estar enmarcado dentro de cualquiera de las empresas<br />

autorizadas por la ley, y que se hallan nominadas en la ley pertinente (Decreto<br />

Legislativo Nº 861 art. 302º, Ley 26702 art. 242º).<br />

Es a quien se encarga la administración de los bienes. Los recibe en propiedad,<br />

pero para ser destinados o que el producto de su administración sea destinado a<br />

una finalidad especifica. Nunca puede ser fideicomisario.<br />

FIDEICOMISARIO<br />

Es la persona que recibe el beneficio del fideicomiso (no siempre existe), o la<br />

que recibe los remanentes una vez cumplida la finalidad perseguida a través del<br />

fideicomiso.<br />

Recibe los beneficios del encargo establecido, e inclusive los bienes materia del<br />

fideicomiso o la conclusión de este.<br />

Las obligaciones son:<br />

a) Deben sujetarse a los términos<br />

del contrato constitutivo para<br />

cumplir la finalidad.<br />

b) Deben aceptar el fideicomiso, que<br />

es una potestad del fiduciario.<br />

c) Conservar y mantener los bienes.<br />

d) Llevar por separado contabilidad<br />

para cada Fideicomiso.<br />

e) Cumplir las obligaciones<br />

tributarias derivadas del<br />

Fideicomiso.<br />

f) Realizar sus actividades mediante<br />

un delegado fiduciario. Únicamente<br />

podrán delegarse<br />

aquellas funciones que se<br />

consideren secundarias, que no<br />

impliquen facultades de mando,<br />

decisiones o actos discrecionales.<br />

a) Guardar el secreto fiduciario.<br />

b) Presentar y rendir cuentas.<br />

Las facultades son:<br />

a) Tendrá las facultades que se le<br />

señalen en el acto constitutivo,<br />

pueden realizar actos de dominio.<br />

b) Permutar.<br />

c) Transferir la propiedad.<br />

d) Administrar y obtener créditos.<br />

e) Gravar.<br />

f) Arrendar.<br />

g) Efectuar operaciones y mejora<br />

a) Tendrá las facultades que se le<br />

señalen en el acto constitutivo,<br />

pueden realizar actos de dominio.<br />

b) Permutar.<br />

c) Transferir la propiedad.<br />

d) Administrar y obtener créditos.<br />

e) Gravar.<br />

f) Arrendar.<br />

g) Efectuar operaciones y mejoras.<br />

Las facultades son:

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