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ESTUDIOS<br />

Como se ha evidenciado la situación de los reformistas en Maracaibo era difícil.<br />

Además de haber sido derrotados en varios encuentros parciales, quedaban reducidos<br />

a la plaza, cuyo bloqueo estaba establecido para comenzar el 23 de diciembre por una<br />

división marítima compuesta de quince embarcaciones armadas en guerra, compuesta<br />

por buques de dinero, armamentos, pertrechos, provisiones y vestuarios 82 . Ya el 19<br />

del mismo diciembre habían zarpado de Ocumare tres buques rumbo a Maracaibo,<br />

llevando a su bordo al segundo jefe del ejército constitucional, general Mariano Montilla,<br />

y 500 hombres de infantería, con lo cual aumentaban a 18 las embarcaciones que<br />

actuando sobre Maracaibo formaban la escuadrilla al mando del Capitán de fragata<br />

Felipe Baptista conformada con 23 cañones y con 372 hombres.<br />

La rendición del Coronel Farías y el restablecimiento del<br />

orden legal en la provincia de Maracaibo<br />

No podía el jefe reformista Farías oponer ninguna resistencia y cediendo a las insinuaciones<br />

pacíficas del General Montilla, le envió un pliego de condiciones el 26 de<br />

diciembre bajo las cuales ofrecía someterse a la obediencia del Gobierno.<br />

Prometía el jefe revolucionario entregar la plaza siempre que el Gobierno diera<br />

garantías a él y a sus compañeros “vida, libertad y propiedades” 83 . Debiendo también<br />

incluirse en éstas los empleos y destinos de toda especie: que si en la guarnición de<br />

Maracaibo o en cualquier punto de la Provincia se encontraban algunos de los generales,<br />

jefes u oficiales que depusieron y deportaron a los primeros Magistrados de<br />

Venezuela, serían comprendidos en el goce de las mismas garantías: que la hacienda<br />

nacional pagaría religiosa y oportunamente a las personas que resultasen acreedoras<br />

todo lo que hubiese tomado a crédito para el sostenimiento y demás necesidades de<br />

las fuerzas de ambos partidos: que si entre los sostenedores de las reformas se encontraban<br />

alguno o algunos que no fueran vecinos de Maracaibo y deseaban pasar a sus<br />

domicilios 84 , el transporte lo costearía la hacienda nacional; que la Constitución, las<br />

leyes y las órdenes del Gobierno serían observadas y cumplidas desde el momento que<br />

para Farías. “Proclama del Jefe del Ejército Constitucional José Antonio Páez, General en Jefe de los Ejércitos<br />

de la República y de Operaciones para restablecer el orden constitucional”, Maracay a 13 de diciembre de 1835,<br />

Documentos para los Anales de Venezuela (Segundo Periodo), Tomo Segundo pp., 77-78.<br />

82<br />

“Últimos auxilios dirigidos a Maracaibo, y proclama del Jefe del Ejército Constitucional” a 13 de diciembre de<br />

1835, Documentos para los Anales de Venezuela (Segundo Periodo), Tomo Segundo. pp. 76-77.<br />

83<br />

Archivo General de la Nación, Sección: Revolución de Farías, Tomo I. “Pliego de condiciones bajo las cuales propuso<br />

el Jefe Farías entregarse al gobierno.”Cuartel General de Altagracia, 26 de Diciembre de 1835, folios, 551- 555.<br />

84<br />

Ibíd.<br />

79

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