BOLETÍN
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BOLETÍN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE LA HISTORIA dado palabra de casamiento”, “han adulterado”, “están pariendo de unos y otros”, “viven disolutos”, “han sido siempre viciado por mujeres”, “anda inquietando a mujeres”, “no hacen vida maridable”, “viven amancebados”, y, por ende, son consideradas de mal vivir. La solución para ellos irá desde la advertencia, la obligación de enmienda y de no tratarse más, la expulsión de sus casas o de la localidad, el amonestamiento, el “celar” o prohibir la comunicación, el traslado o venta de los esclavos pecadores 33 , el destierro, la sujeción, el encierro en un convento, la cárcel (en cuyo caso se pide la intervención de la autoridad civil), reclusión en casa especial decente y segura, la investigación y corrección 34 , obligación de vivir con sus legítimos cónyuges, obligación de contraer nupcias, reparación patrimonial, cumplir la promesa de matrimonio, obligación de casarse con otra mujer, trabajos forzados, otorgamiento de dispensa (en el caso, por ejemplo, de parientes en mal vivir), grillos en cárcel pública, apresamiento, despido del trabajo 35 , ejercicios espirituales 36 , como sucedáneo para la corrección de la situación infringida. Son los juegos de naipes, la ingesta alcohólica y la usura, otro grupo importante de los pecados relacionados en el minucioso inventario espiritual descrito en el Libro personal. A los “habitantes” de los Puertos de Altagracia se les compromete con que en el pueblo “existe el vicio de los naipes y el baile, por lo cual en días de fiesta loes feligreses no asisten a Misa. Éstos tienen la costumbre de hablar antes y luego de la Misa.” El obispo 33 En el caso de Juan Hilario Padrón, blanco de Cacigua, a quien se le acusa de vivir mal con Juana, su esclava, por veinticinco años con quien ha tenido muchos hijos, el dictamen del obispo Mariano Martí es que “El Teniente queda prevenido de vender a la esclava por su justo precio, pues parece el único remedio para desarraigar un concubinato de tantos años”. En Obispo Mariano Martí, Documentos relativos a su visita…, Libro personal, Tomo I, p. 120. En el caso de los esclavos en mal vivir, era más que frecuente su venta y hasta su remate. Dependiendo del caso, muchas veces se obligaba al matrimonio con la esclava como es el caso del mulato Joseph Francisco Valera del Tocuyo, acusado de sostener “tratos ilícitos y fecundó a María Manuela Vizcaya, mulata, soltera. Cuando enviudó dio palabra de casamiento y continuó los tratos ilícitos con ella. Luego se mezcló con una sobrina casada de Vizcaya. También dio palabra de casamiento y fecundó a María Antonia Valero, viuda, mulata, esclava.” El Obispo ordena que “Valera se debe casar con la esclava Valero, Vizcaya será depositada en la casa de don Gervasio Espinosa, hombre recto y formal, y con ella a dos hijas solteras suyas, que también dan escándalo. A Valera deberán ponerle un par de grillos en la cárcel pública, donde deberá permanecer para escarmiento durante tres meses.” Obispo Mariano Martí, Documentos relativos a su visita..., Tomo I, p. 373. 34 En muchos casos se trataba de denuncias infundadas por lo que correspondía al cura o vicario del lugar realizar la correspondiente averiguación de modo de confirmar la veracidad de las acusaciones. De allí que en tantos casos el obispo pida se investigue y corrija. 35 Como es el caso de la sirvienta que vive mal con Joseph Rafael Pérez de la Torre en su hacienda de Mendoza a lo que el Obispo resuelve que “se comprometió a echar de su hacienda a la sirvienta”. En: Obispo Mariano Martí, Documentos relativos a su visita... (Libro personal), Tomo I, p. 449. 36 Joseph Nicolás Vázquez de Trujillo en mala vida con la multa libre Francisca Soto, recibe la decisión del Obispo Marti: “Debe hacer diez ejercicios diarios en San Francisco. Ella fue depositada en casa de un hombre formal que la sujete hasta que se case.” En: Obispo Mariano Martí, Documentos relativos a su visita… (Libro personal), Tomo I, p. 471. 32
ESTUDIOS amenaza con la excomunión 37 . A los tahúres y dipsómanos, el Obispo les advierte y se les conmina a que tengan el propósito de la enmienda. Uno de los acusados de juego, acompañado de la acusación de blasfemia 38 es nada menos que el sacerdote de Trujillo, Joseph Antonio Asuage. En su defensa sale el mismísimo vicario de la sede que argumento que no es tal su blasfemia, sino “de genio andaluz y guapería” y para olvidarse del asunto, el cura está por marcharse a San Felipe 39 . Sobre los usureros hay medidas un tanto más drásticas para controlar este pecado de índole delictuosa. Se tiene por usura dentro de los cánones de la época, prestar dinero con una rata de interés superior al 5% 40 . En esto Martí es tajante y obliga a los involucrados a restituir las ganancias excedentarias como obliga a hacerlo a la mestiza de Maracaibo Teresa Palmar 41 . Muchas veces la oportunidad de negocios es acusada de usura, lo que muestra de nuevo la muy amplia injerencia de que disponía el Obispo sobre las cuestiones meramente terrenales, como le sucede al mulato libre de Maracaibo Francisco Antonio Pirela de quien han ido con el cuento a los oídos de Martí, de que su condición de usurero está dada ya que compra la carga de un barco para su posterior reventa. En defensa de la libertad de comercio, tanto el cura como el vicario local lo descargan de responsabilidad al considerar que no existe allí delito de usura 42 . También la actividad comercial tiene su límite, sobre todo si involucra a miembros de la iglesia, olvidados de su ministerio como le sucede al cura de Patanemo Pedro Joseph González “muy metido en negocios seculares: es apoderado de una señora y vive metido en pujas y remates” con lo que procede obligar a dejar estas prácticas 43 . Y el obispo escucha reiterados señalamientos sobre quienes 37 Ibídem, p. 124. 38 El Libro personal está lleno de acusaciones de blasfemia y maledicencia. El mal hablar, el proferir palabras deshonestas, vulgares y altisonantes se consideraba altamente ofensivo para la época hasta el punto de recurrir al Obispo para su intervención. 39 Ibídem, p. 479. 40 Así mismo, señala el Obispo Martí en el libro de Providencias con referencia al margen de ganancia que debe existir en el comercio y distribución de los productos en la población de Caucagua: “Que como también haya llegado a noticia nuestra de que algunas personas descuidadas de su salud eterna y conducidas de un deseo insaciable de adquirir bienes temporales cometen varias usuras en las ventas que hacen de distintos comestibles, géneros y efectos, persuadidos de que la transportación de ellos desde otros lugares de la provincia a éste, hace lícito su expendio por cualquier subido precio, de suerte que aún llegan a reportar la ganancia hasta de 200%; cediendo todo en gravísimo cargo de sus consciencias, y perjuicio del bien público: mandamos que el cura de esta iglesia en sus amonestaciones al pueblo reprenda este pecado de usura y haga entender usura a su reato y la indispensable restitución de lo mal adquirido.”En: Obispo Mariano Martí, Documentos relativos a su visita… (Providencias), p.436. 41 Ibídem, p. 215. 42 Ibídem, p. 248. 43 Ibídem, p. 30. Al blanco de Maracaibo don Pablo de Ortega lo delatan porque “se ejercita en demasiado lucro y sisaduras de pesos y obliga a los pobres a que le compren y vendan lo que él quiere” por lo que se le obliga a enmendarse o abandonar el territorio. Ibídem, p. 247. 33
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dado palabra de casamiento”, “han adulterado”, “están pariendo de unos y otros”, “viven<br />
disolutos”, “han sido siempre viciado por mujeres”, “anda inquietando a mujeres”, “no<br />
hacen vida maridable”, “viven amancebados”, y, por ende, son consideradas de mal<br />
vivir. La solución para ellos irá desde la advertencia, la obligación de enmienda y<br />
de no tratarse más, la expulsión de sus casas o de la localidad, el amonestamiento, el<br />
“celar” o prohibir la comunicación, el traslado o venta de los esclavos pecadores 33 , el<br />
destierro, la sujeción, el encierro en un convento, la cárcel (en cuyo caso se pide la intervención<br />
de la autoridad civil), reclusión en casa especial decente y segura, la investigación<br />
y corrección 34 , obligación de vivir con sus legítimos cónyuges, obligación de<br />
contraer nupcias, reparación patrimonial, cumplir la promesa de matrimonio, obligación<br />
de casarse con otra mujer, trabajos forzados, otorgamiento de dispensa (en el<br />
caso, por ejemplo, de parientes en mal vivir), grillos en cárcel pública, apresamiento,<br />
despido del trabajo 35 , ejercicios espirituales 36 , como sucedáneo para la corrección de<br />
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Son los juegos de naipes, la ingesta alcohólica y la usura, otro grupo importante<br />
de los pecados relacionados en el minucioso inventario espiritual descrito en el Libro<br />
personal. A los “habitantes” de los Puertos de Altagracia se les compromete con que en<br />
el pueblo “existe el vicio de los naipes y el baile, por lo cual en días de fiesta loes feligreses<br />
no asisten a Misa. Éstos tienen la costumbre de hablar antes y luego de la Misa.” El obispo<br />
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En el caso de Juan Hilario Padrón, blanco de Cacigua, a quien se le acusa de vivir mal con Juana, su esclava, por<br />
veinticinco años con quien ha tenido muchos hijos, el dictamen del obispo Mariano Martí es que “El Teniente queda<br />
prevenido de vender a la esclava por su justo precio, pues parece el único remedio para desarraigar un concubinato de tantos<br />
años”. En Obispo Mariano Martí, Documentos relativos a su visita…, Libro personal, Tomo I, p. 120. En el caso<br />
de los esclavos en mal vivir, era más que frecuente su venta y hasta su remate. Dependiendo del caso, muchas veces<br />
se obligaba al matrimonio con la esclava como es el caso del mulato Joseph Francisco Valera del Tocuyo, acusado<br />
de sostener “tratos ilícitos y fecundó a María Manuela Vizcaya, mulata, soltera. Cuando enviudó dio palabra de casamiento<br />
y continuó los tratos ilícitos con ella. Luego se mezcló con una sobrina casada de Vizcaya. También dio palabra<br />
de casamiento y fecundó a María Antonia Valero, viuda, mulata, esclava.” El Obispo ordena que “Valera se debe casar<br />
con la esclava Valero, Vizcaya será depositada en la casa de don Gervasio Espinosa, hombre recto y formal, y con ella a dos<br />
hijas solteras suyas, que también dan escándalo. A Valera deberán ponerle un par de grillos en la cárcel pública, donde<br />
deberá permanecer para escarmiento durante tres meses.” Obispo Mariano Martí, Documentos relativos a su visita...,<br />
Tomo I, p. 373.<br />
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En muchos casos se trataba de denuncias infundadas por lo que correspondía al cura o vicario del lugar realizar la<br />
correspondiente averiguación de modo de confirmar la veracidad de las acusaciones. De allí que en tantos casos el<br />
obispo pida se investigue y corrija.<br />
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Como es el caso de la sirvienta que vive mal con Joseph Rafael Pérez de la Torre en su hacienda de Mendoza a lo<br />
que el Obispo resuelve que “se comprometió a echar de su hacienda a la sirvienta”. En: Obispo Mariano Martí,<br />
Documentos relativos a su visita... (Libro personal), Tomo I, p. 449.<br />
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Joseph Nicolás Vázquez de Trujillo en mala vida con la multa libre Francisca Soto, recibe la decisión del Obispo<br />
Marti: “Debe hacer diez ejercicios diarios en San Francisco. Ella fue depositada en casa de un hombre formal que la<br />
sujete hasta que se case.” En: Obispo Mariano Martí, Documentos relativos a su visita… (Libro personal), Tomo I, p.<br />
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