BOLETÍN
BANH_390
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DOCUMENTOS<br />
los interesados clamarían y representarían sobre la observancia de lo que una<br />
autoridad superior tiene prescripto, y en punto a devolución o compensación<br />
amigable que creyese conveniente en algunos casos prudentemente hacer, los<br />
mismos dirían les hiciese el tribunal con los fondos propios de la Marina ó del<br />
Estado, y de ningún modo de la propiedad adquirida por particular.<br />
No quedando pues al Tribunal de Marina más alternativa que llevar a ejecución<br />
estas imposiciones de bloqueo, con la más rigurosa observancia, sin que a su<br />
arbitro este poder emplear en caso urgente a la causa publica el más leve paliativo,<br />
ni contemporización que atempere y dulcifique las exasperaciones de los<br />
extranjeros. Parece arreglado a justicia que el Comandante del Apostadero se le<br />
eximiese de ser blanco de sus reclamaciones, quejas, y amenazas. Sin embargo<br />
es el único a quien se piden aclaraciones el solo con quien se argumento, y<br />
contra el cual se litiga. Ya he tenido el honor de manifestar a Vuestra Excelencia<br />
en mi citado oficio N° 385 la desgraciada circunstancia de concurrir las nuevas<br />
extensiones de bloqueo con la reciente perdida de parte de nuestra preponderancia,<br />
es decir, que dichas ampliaciones de bloqueo están siempre en razón<br />
inversa de nuestros medios de hacer respetar su observancia. Estos bloqueos son<br />
muy justos, es para mi un principio innegable según acabo de demostrarlo, y<br />
añado que si una fuerza marítima competente al intento los sostuviese e hiciese<br />
observar conceptuó no haya medida más eficaz para conseguir la extirpación de<br />
la insurrección en estas provincias, y demás puntos de América. Pero no siendo<br />
esto así ¿Es prudente en buena política y conveniente a nuestra causa, tanta<br />
inflexibilidad de bloqueo? Esto es lo que yo no me atreveré a decidir, pues así<br />
como encuentros varios inconvenientes en este sistema, no dejo de encontrar<br />
otros tantos en el partido contrario de la tolerancia, y no intento parangonar los<br />
unos con los otros.<br />
Pero si bien me separo de esta ------------------------------[Folio 163 vto.] mis cortos<br />
alcances Señor Excelentísimo no por eso dejo de tocar por experiencia lo que<br />
sucede. Se declaran y entienden bloqueos a diestra y siniestra, y no coadyuvando<br />
para sostener los una fuerza marítima precisa y necesaria, se sigue a ella la<br />
infracción más pública y escandalosa. En esto sale un corsario que en vista de<br />
estas prohibiciones, hace unas o dos presas, y se da por bien servido si cubre<br />
los gastos de su armamento. Por cada una de ellas mil y mil reclamaciones, a<br />
las que el solo Comandante tiene que hacer frente, pues es al único a quien<br />
todas las autoridades extranjeras y nacionales y nacionales se dirigen. Mientras<br />
tanto los apresadores gozan tranquilamente de su buena o mala suerte, pero sin<br />
querer entrar en ninguna amigable transacción, en casos dudosos, y sin ansiar<br />
por otra cosa más que por nuevas declaraciones del bloqueo que aumentan sus<br />
facilidades de hacer presas.<br />
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