03.03.2017 Views

LEY GENERAL DE ADUANAS Y SU REGLAMENTO

ley_aduanas_y_reglamento_edincr

ley_aduanas_y_reglamento_edincr

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>ADUANAS</strong> Y <strong>SU</strong> <strong>REGLAMENTO</strong><br />

EDITORIAL DIGITAL - IMPRENTA NACIONAL<br />

COSTA RICA<br />

El manual de procedimiento oficial para la operación del sistema de información,<br />

será preparado por la Dirección de Gestión Técnica con base en los requerimientos<br />

específicos suministrados por los órganos fiscalizadores y la Dirección de Gestión de<br />

Riesgo.<br />

(Así reformado por el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 34475 de 4 de abril de 2008).<br />

SECCIÓN IV<br />

Plan Anual de Fiscalización<br />

Artículo 57.—Formulación, aprobación, ejecución y seguimiento del Plan Anual<br />

de Fiscalización. La Dirección de Gestión de Riesgo deberá elaborar el proyecto del<br />

Plan Anual de Fiscalización, el cual someterá a consideración del Director General, en la<br />

primera quincena del mes de noviembre de cada año.<br />

El Plan deberá estar aprobado por el Director General el primer día hábil del mes de<br />

diciembre.<br />

La ejecución del Plan se iniciará el primer día hábil del mes de enero siguiente por<br />

parte de los órganos fiscalizadores, quienes tendrán a su cargo el control de la ejecución<br />

de dicho Plan según su ámbito de competencia, e informarán a la Dirección de Gestión<br />

de Riesgo el tercer día hábil de cada mes sobre el avance en el cumplimiento de éste.<br />

El control de la ejecución y seguimiento del cumplimiento del Plan Anual de<br />

Fiscalización corresponderá al Director Dirección de Gestión de Riesgo.<br />

(Así reformado por el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 34475 de 4 de abril de 2008).<br />

Artículo 58.—Criterios para la elaboración del Plan Anual de Fiscalización. El<br />

Plan Anual de Fiscalización se elaborará con base en los criterios de selección vigentes<br />

para el período en que éste ha de ser ejecutado. Dichos criterios serán emitidos por<br />

medio de una disposición de alcance general.<br />

Artículo 59.—Areas [sic] del Plan Anual de Fiscalización. El Plan Anual de<br />

Fiscalización estará conformado por un área de control externo y un área de control<br />

interno.<br />

El área de control externo contendrá los criterios que han de servir para seleccionar<br />

a exportadores e importadores, productores y otros obligados tributarios que estarán<br />

sujetos a las actuaciones de comprobación o investigación o de obtención de información.<br />

El área de control interno contendrá los criterios que han de servir para seleccionar<br />

los auxiliares sujetos a fiscalización y para controlar el cumplimiento de los procedimientos<br />

aduaneros establecidos por el régimen jurídico aduanero y los que han de servir para<br />

realizar la actuaciones de supervisión e investigación en las aduanas.<br />

198

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!