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ODC0100322016_reporte_drogas_colombia_2016

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Sumado a lo anterior, es importante tener en cuenta que el Ministerio de Salud y Protección<br />

Social a partir de la Resolución 429 de <strong>2016</strong>, que define la Política de Atención Integral en Salud<br />

-PAIS- y el Modelo Integral de Atención en Salud –MIAS-, ha establecido las Rutas Integrales de<br />

Atención en Salud –RIAS-. Las rutas son una herramienta obligatoria que define a los integrantes<br />

del Sector Salud (Entidad territorial EAPB, prestador) y de otros sectores, las condiciones<br />

necesarias para asegurar la integralidad en la atención a partir de las acciones de cuidado que se<br />

esperan del individuo.<br />

Para el efecto, se definen tres tipos de rutas:<br />

• Ruta de Promoción y Mantenimiento de la Salud;<br />

• Rutas de Grupo de Riesgo;<br />

• Rutas de eventos Específicos de Atención; con integración de la Ruta Intersectorial de<br />

Atención para las y los Adolescentes del Sistema de Responsabilidad con Problemas de<br />

Salud, la cual hace énfasis en Consumo de Sustancias Psicoactivas y Salud Mental.<br />

De tal manera, que la Ruta Intersectorial de Atención para las y los Adolescentes del<br />

SRPA, ha sido socializada a través de la asesoría y seguimiento técnico presencial y virtual<br />

en los territorios del país, para su implementación dentro de los servicios de tratamiento del<br />

consumo de SPA a nivel territorial; generando fortalecimiento de las capacidades territoriales en<br />

territorios, específicamente para la Atención Integral al Consumo de Sustancias Psicoactivas y<br />

sus consecuencias en población general, y en los Adolescentes del Sistema de Responsabilidad<br />

Penal, mediante la formación en Ruta de SPA y Ruta Intersectorial de Atención en Salud, para la<br />

implementación del tratamiento de <strong>drogas</strong>.<br />

• Prestación de servicios de atención al consumidor de SPA<br />

El componente de tratamiento pretende ofrecer los medios para afrontar adecuadamente la<br />

dependencia y transitar hacia la búsqueda de una salida; incluye la rehabilitación y la inclusión<br />

social de quienes han desarrollado un trastorno por dependencia a una o varias sustancias o<br />

presentan un patrón de consumo problema en ausencia de dependencia.<br />

Es importante resaltar, que la evidencia ha demostrado que aunque exista una relación entre<br />

consumo de SPA y conductas delictivas, debe haber claridad que no todo consumidor de SPA<br />

tiene conductas delictivas, ya que esta relación generalizada a toda la población consumidora, ha<br />

producido y produce exclusión social, que propicia las relaciones de desconfianza y se perpetúan<br />

visiones de incapacidad, señalamiento que disminuye tanto las oportunidades de superación del<br />

consumo como las del impacto que este puede generar en el individuo, su familia y su comunidad.<br />

Lo anterior, teniendo en cuenta que la evidencia hoy, señala que no existe una única forma<br />

de intervenir en la diversidad de problemas asociados al consumo de <strong>drogas</strong>, sino que por el<br />

contrario, el mundo avanza en la consolidación de sistemas integrados de servicios.<br />

Por ello, es importante reiterar que el “Plan Nacional para la Promoción de la Salud, la<br />

Atención y Prevención del Consumo de Sustancias Psicoactivas 2014 – 2021” en el componente<br />

de tratamiento, tiene como objetivo el de mejorar la oferta, el acceso, la oportunidad y la calidad<br />

de la prestación de servicios de atención a los consumidores de sustancias psicoactivas.<br />

Ministerio de Justicia y del Derecho - Observatorio de Drogas de Colombia<br />

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