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TAXI

enero2017

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20<br />

enero de 2017<br />

■ El decreto ya fue promulgado por la IM<br />

Plataformas de transporte oneroso<br />

de pasajeros ya pueden registrarse<br />

La Intendencia de Montevideo<br />

estableció una reglamentación<br />

provisoria del decreto que regula<br />

las aplicaciones, que comienza<br />

a regir desde este mes de enero.<br />

En tanto, se continúa trabajando<br />

en la reglamentación definitiva.<br />

El 22 de diciembre de 2016 la Intendencia de<br />

Montevideo promulgó el decreto Nº 36.197,<br />

sancionado por la Junta Departamental el 15 de<br />

diciembre, que regula a las aplicaciones que prestan<br />

el servicio de transporte oneroso de pasajeros<br />

en vehículos privados.<br />

Con el fin de poner en marcha este sistema<br />

de transporte dentro de un marco legal, el Intendente<br />

resolvió aprobar una reglamentación<br />

provisoria del decreto, mientras se avanza en<br />

la definición completa de la reglamentación<br />

definitiva.<br />

De esta manera, la reglamentación provisoria crea<br />

el Registro Provisorio de Plataformas de Intermediación<br />

de Transporte Oneroso de Pasajeros en la<br />

órbita del Departamento de Movilidad.<br />

El otro aspecto a implementar es el sistema de<br />

pago del canon, que regirá desde el primer momento<br />

del registro de las empresas que utilizan<br />

plataformas.<br />

Las plataformas deberán inscribirse en el Departamento<br />

de Moavilidad de la IM (División<br />

Transporte, avenida 18 de Julio 1360, planta<br />

baja, sector Santiago de Chile, puerta 051). El<br />

registro deberá incluir: el nombre de la empresa,<br />

su razón social, un domicilio legal dentro del<br />

departamento de Montevideo y constancia de<br />

su inscripción en el sistema de notificaciones<br />

electrónicas estatal.<br />

Durante el período transitorio, las plataformas<br />

deberán entregar en forma mensual, entre el<br />

primer y el décimo día, una declaración jurada<br />

conteniendo los datos de todos los vehículos<br />

que ofrecen el servicio de transporte, los<br />

nombres de los permisarios y los kilómetros<br />

recorridos (con pasajeros) por cada uno de<br />

los vehículos.<br />

Una vez registradas, las plataformas deberán<br />

asumir la retención del pago del canon generado<br />

por los vehículos afectados al servicio y su posterior<br />

depósito en la cuenta del Fondo de Movilidad. El<br />

artículo 13 del decreto dispone la creación de<br />

este fondo, para la administración de los recursos<br />

provenientes del canon dispuesto en el artículo<br />

4 del decreto. El depósito será mensual y la IM<br />

entregará a las plataformas un certificado de pago.<br />

(En base a información proporcionada por la<br />

Intendencia de Montevideo).<br />

■ El 15 de enero se lanzará plan piloto para probar efectividad. El objetivo es eliminar el dinero en efectivo de los móviles.<br />

A partir del 15 de febrero se podrá pagar taxis con<br />

aplicaciones y tarjetas de crédito y débito<br />

La fecha oficial para poner en práctica esta<br />

medida es el 15 de febrero, de todas formas<br />

se lanzará un plan piloto el 15 de enero para<br />

probar la efectividad del pago por medio de los<br />

celulares o tarjetas.<br />

Martín Vallcorba, del Ministerio de economía,<br />

dijo a Subrayado que “esperamos que el próximo<br />

15 de febrero todas las unidades de taxi tengan<br />

incorporado la posibilidad de realizar pagos a<br />

través del celular, por aplicaciones o mensajería,<br />

admitiendo todos los medios de pago”<br />

Este nuevo sistema tiene como objetivo eliminar<br />

el uso del dinero en efectivo en los taxis.<br />

Por otro lado, Vallcorba se refirió al mínimo<br />

para el pago con tarjetas de débito que algunos<br />

comercios establecen.<br />

Los comercios que acepten tarjetas de débito<br />

no podrán exigir un pago mínimo.<br />

Una modificación en la Ley de inclusión financiera<br />

define sanciones a quienes no cumplan con esta<br />

nueva normativa.<br />

“Los comercios, en caso que decidan aceptar<br />

tarjetas de débito, porque es importante remarcar<br />

que no están obligados a hacerlo, pero<br />

si deciden aceptar tarjetas de débito no van a<br />

poder establecer mínimos. Esto es un elemento<br />

que todavía no está vigente, porque la ley no fue<br />

promulgada, va a ser promulgada en estos días,<br />

y entra a regir luego de la publicación, pero antes<br />

de fin de mes esta va a ser una disposición que<br />

va a estar vigente”, comentó Vallcorba.<br />

El área de defensa al consumidor será quien controle<br />

y aplique las sanciones correspondientes.

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