Tráfico infantil
Tráfico infantil Grupo número 2: •Luís Miguel Mendez #21 •Magdalena Santos M. #33 •María Isabel Valdez #34 •Benjamin Vizcaino #38
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- Page 10 and 11: •Participación en las hostilidad
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<strong>Tráfico</strong> <strong>infantil</strong><br />
Grupo número 2:<br />
•Luís Miguel Mendez #21<br />
•Magdalena Santos M. #33<br />
•María Isabel Valdez #34<br />
•Benjamin Vizcaino #38
El tráfico de niñas y niños, tráfico de<br />
menores o trata <strong>infantil</strong> es una forma de trata de<br />
personas que ha sido definido como «La captación, el<br />
transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un<br />
niño con fines de explotación».
Aunque es difícil obtener estadísticas exactas<br />
sobre la magnitud de la trata de niñas y niños,<br />
la Organización Internacional del Trabajo estima<br />
que anualmente 1,2 millones de menores son<br />
víctimas de trata.
El primer instrumento internacional importante relativo a<br />
la trata de niñas y niños es parte de los Protocolos de<br />
Palermo de las Naciones Unidas establecidas en el año<br />
2000 y se conoce como el Protocolo para prevenir,<br />
reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente<br />
mujeres y niños.
INSTRUMENTOS LEGALES<br />
Existen muchos instrumentos internacionales, regionales y<br />
nacionales que abordan la trata de niños. Estos instrumentos<br />
se utilizan para definir lo que constituye legalmente el<br />
tráfico de niños, para que se pueda adoptar las acciones<br />
legales correspondientes contra quienes promueven o se<br />
dedican a esta práctica. Estos instrumentos jurídico-legales<br />
son conocidos por una variedad de términos, como<br />
convenios, protocolos, memorandos, acciones conjuntas,<br />
recomendaciones y declaraciones. A continuación se<br />
enumeran los instrumentos más importantes<br />
Estos instrumentos legales fueron desarrollados por<br />
las Naciones Unidas en un esfuerzo por proteger<br />
los derechos humanos y en particular los derechos del<br />
niño.
LEYES NACIONALES<br />
Basándose en los principios internacionales que se<br />
han establecido, el desarrollo de las leyes nacionales<br />
relativas al tráfico de menores continúa en todo el<br />
mundo. La legislación contra la trata se ha alabado<br />
como esencial por la Iniciativa Global de las<br />
Naciones Unidas para la Lucha contra la Trata de<br />
Personas, ya que asegura que los traficantes y las<br />
víctimas del tráfico son tratados como corresponde:<br />
por ejemplo, «si se utilizan las leyes de migración<br />
para perseguir a los traficantes, a menudo ocurre que<br />
las víctimas también son procesados como migrantes<br />
ilegales, mientras que si hay una categoría específica<br />
de "traficante" y "persona objeto de la trata",<br />
entonces es más probable que la víctima sea tratada<br />
como tal». La existencia de leyes nacionales<br />
relacionadas con el tráfico de niños también permite<br />
a las víctimas de trata o sus familiares de iniciar las<br />
acciones civiles apropiadas contra los traficantes
Tipos de tráfico de menores<br />
1. Trabajo forzado<br />
A menudo el objetivo de la trata de niñas y niños es el<br />
trabajo forzado <strong>infantil</strong>. El trabajo <strong>infantil</strong> se refiere<br />
específicamente a los menores con una edad inferior a<br />
la edad mínima estipulada para poder trabajar, la que<br />
por lo general no llega abajo de los catorce años.<br />
UNICEF estima que en 2011, 150 millones de niños de<br />
5-14 años de edad estaban involucrados en el trabajo<br />
<strong>infantil</strong> en países en desarrollo. De este número,<br />
la Organización Internacional del Trabajo (OIT) reporta<br />
que el 60% de los trabajadores menores trabajan en la<br />
agricultura. La OIT también estima que 115 millones de<br />
niñas y niños realizan trabajos peligrosos, como el<br />
trabajo sexual o el tráfico de drogas.
2. Explotación sexual<br />
El Protocolo facultativo relativo a la venta de<br />
niños, la prostitución <strong>infantil</strong> y la pornografía<br />
<strong>infantil</strong> es un protocolo de la Convención sobre<br />
los Derechos del Niño, que fue adoptada<br />
formalmente por la Naciones Unidas en 2000. En<br />
esencia, este protocolo requiere formalmente que<br />
los Estados prohíben la venta de niños, la<br />
prostitución <strong>infantil</strong> y la pornografía <strong>infantil</strong>.
3. Niños en las fuerzas armadas<br />
El Protocolo facultativo sobre la participación de los<br />
niños en los conflictos armados es un protocolo que es<br />
parte de la Convención sobre los Derechos del Niño,<br />
adoptada formalmente por las Naciones Unidas en<br />
2000. En esencia, el protocolo establece que si bien los<br />
voluntarios menores de dieciocho pueden unirse<br />
voluntariamente a las fuerzas armadas, no pueden ser<br />
reclutados. El protocolo establece también que «Los<br />
Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para<br />
que ningún miembro de sus fuerzas armadas menor de<br />
dieciocho años participe directamente en las<br />
hostilidades». A pesar de ello, la OIT estima que<br />
«decenas de miles» de niños y niñas están actualmente<br />
reclutados a la fuerza en las fuerzas armadas en al menos<br />
17 países. Los niños reclutados son utilizados en tres<br />
maneras distintas:
•Participación en las hostilidades (roles de combate)<br />
•Funciones de apoyo (como mensajeros o espías)<br />
•Para obtener ventajas políticas (por ejemplo con fines de propaganda)
4. Niños en el trafico de drogas<br />
Los menores también se utilizan en el comercio de drogas en todas las regiones<br />
del mundo. En concreto, los niños a menudo son objeto de trata con fines de<br />
explotación como transportadores o traficantes de drogas, y luego «pagados»<br />
con drogas, de tal manera que se convierten en adictos y se vuelvan más<br />
atrapados. Debido a la naturaleza ilícita del tráfico de drogas, los menores que<br />
son detenidos a menudo son tratados como delincuentes, cuando en realidad<br />
son a menudo los que están en necesidad de asistencia legal.
5. Mendicidad <strong>infantil</strong><br />
La mendicidad <strong>infantil</strong> forzada es un tipo de mendicidad en la<br />
que los niños y niñas menores de dieciocho años se ven<br />
obligados a mendigar por coacción psicológica y<br />
física. La Buffalo Human Rights Law Review define la<br />
mendicidad como «la actividad de pedir dinero como caridad en<br />
la calle». Existe evidencia que sugiere que la mendicidad<br />
forzada es una de las industrias que absorbe niños traficados, y<br />
un estudio reciente de UNICEF indica que 13 % de las víctimas<br />
de tráfico en el sureste de Europa han sido objeto de trata para<br />
fines de mendicidad forzada. El protocolo de las Naciones<br />
Unidas afirma que «La captación, el transporte, el traslado, la<br />
acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se<br />
considerará "trata de personas" incluso cuando no se recurra a<br />
ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente<br />
artículo».
Mecanismos<br />
En general, el tráfico de niños se lleva a cabo en tres fases: el<br />
reclutamiento o captación, el desplazamiento y la explotación. El<br />
reclutamiento se produce cuando un reclutador aborda un niño, o en<br />
algunos casos, cuando el niño mismo busca contacto directo con un<br />
reclutador. El reclutamiento puede iniciarse en muchas maneras<br />
diferentes: los adolescentes pueden estar bajo presión para contribuir a<br />
la supervicencia de sus familias, los niños pueden ser secuestrados o<br />
secuestrados para el tráfico, o las familias enteras pueden ser objeto<br />
de trata. Luego, se producirá el desplazamiento —a nivel local,<br />
regional y/o internacional— a través de una variedad de medios de<br />
transporte, incluyendo coche, tren, barco, o a pie. En última instancia,<br />
el objetivo de la trata de niños es la explotación, por lo que los<br />
traficantes utilizan los servicios de los niños para obtener ganancias<br />
ilegales. La explotación puede tener lugar en una variedad de formas,<br />
incluyendo el trabajo forzoso, la explotación sexual, y la mendicidad<br />
<strong>infantil</strong>, entre otras prácticas.
Ok. Bai.