ESTATUTOS DE LA FIFA
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VII. Comisiones independientes<br />
47<br />
50 Independencia institucional<br />
Las comisiones independientes de la <strong>FIFA</strong>, así como sus integrantes, deberán<br />
llevar a cabo sus actividades y cumplir con sus obligaciones de manera<br />
totalmente independiente, pero siempre defendiendo los intereses de la <strong>FIFA</strong><br />
y de conformidad con los Estatutos y la reglamentación de la <strong>FIFA</strong>.<br />
51 Comisión de Auditoría y Conformidad<br />
1.<br />
La Comisión de Auditoría y Conformidad estará compuesta por un mínimo<br />
de tres y un máximo de siete integrantes. Ninguno de ellos podrá pertenecer<br />
a ningún otro órgano de la <strong>FIFA</strong>. Asimismo, todos ellos deberán tener<br />
conocimientos y experiencia en el ámbito financiero o regulatorio y legal y no<br />
podrán haber participado en decisión alguna que afectara a las operaciones de<br />
la <strong>FIFA</strong>.<br />
2.<br />
Tanto los candidatos a integrar la Comisión de Auditoría y Conformidad como<br />
sus miembros ya titulares deberán cumplir con los requisitos de independencia<br />
definidos en el Reglamento de Gobernanza de la <strong>FIFA</strong>.<br />
3.<br />
El Congreso elegirá al presidente, al vicepresidente y a los integrantes de<br />
la Comisión de Auditoría y Conformidad por un mandato de cuatro años,<br />
que comenzará a la finalización del Congreso en el que fueron elegidos.<br />
El presidente, el vicepresidente y el resto de integrantes de la Comisión de<br />
Auditoría y Conformidad únicamente podrán ser destituidos por el Congreso.<br />
4.<br />
El presidente, el vicepresidente y los integrantes de la Comisión de Auditoría y<br />
Conformidad podrán permanecer en sus cargos un máximo de tres mandatos<br />
(consecutivos o no).<br />
5.<br />
Si el presidente, el vicepresidente o alguno de los integrantes de la Comisión<br />
de Auditoría y Conformidad dimitiera o pasara a estar permanentemente<br />
incapacitado para el desempeño de sus funciones durante su mandato, el<br />
Consejo nombrará a un sustituto que ocupará el cargo hasta el Congreso