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LA IGLESIA ADVENTISTA Y EL SERVICIO MILITAR

Evidencias inspiradas e históricas sobre el tema del servicio militar en la modalidad de no combatiente.

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HACER BRIL<strong>LA</strong>R SU LUZ”, por lo tanto, es evidente de que esta modalidad de enrolamiento, está<br />

claramente permitido por la inspiración y no constituye una violación a los principios bíblicos.<br />

<strong>LA</strong> DEC<strong>LA</strong>RACIÓN DE PRINCIPIOS<br />

La misma declaración de principios elaborada por el Comité Ejecutivo de la Asociación General, el 2 de<br />

agosto de 1864 y que fue entregada al Gobernador de Michigan, Austin Blair el 3 de agosto de 1864,<br />

demuestra que la Iglesia no estaba en contra de servir en hospitales o en cualquier otra función no<br />

combatiente, y esto lo podemos evidenciar, cuando leemos dicha declaración y comprobamos que no se<br />

hace una mención directa al servicio en hospitales y similares.<br />

De lo que sí estaban en contra era del servicio militar que incluía el portar armas y participar en<br />

combate, y esto es evidente porque en dicha declaración se especifica por 4 veces que la Iglesia<br />

está en contra de la “la portación de armas” y así lo demuestra el énfasis realizado en dicha<br />

declaración de principios que copio a continuación:<br />

Nosotros los infrascritos, el Comité Ejecutivo de la Asociación General de los Adventistas<br />

del Séptimo Día, rogamos respetuosamente autorización para presentar a su<br />

consideración las siguientes declaraciones:<br />

La denominación de cristianos que se llaman a sí mismos Adventistas del Séptimo Día,<br />

tomando la Biblia como su regla de fe y práctica, unánimemente sostienen que sus<br />

enseñanzas son contrarias al espíritu y práctica de la guerra; por lo tanto, siempre se han<br />

opuesto por razones de conciencia a la portación de armas. Si existe alguna parte de la<br />

Biblia que nosotros como pueblo podamos señalar como nuestro credo más que<br />

cualquier otra, es la ley de los Diez Mandamientos, la cual consideramos como la<br />

suprema ley, y de la cual cada precepto tomamos en su significado más claro y literal. El<br />

cuarto de estos mandamientos exige el cese de trabajo en el séptimo día de la semana, el<br />

sexto prohíbe quitar la vida, ninguno de los cuales, según nuestro punto de vista, se<br />

podría observar haciendo el servicio militar [combatiente]. Nuestra práctica ha sido<br />

consecuente de manera uniforme con estos principios. Por lo tanto, nuestro pueblo no se<br />

ha sentido en libertad para alistarse en el servicio. En ninguna de nuestras publicaciones<br />

de la iglesia hemos defendido o animado la práctica de portar armas; y cuando hemos<br />

sido sorteados para el servicio militar [combatiente], en lugar de violar nuestros<br />

principios, hemos preferido pagar y ayudarnos unos a otros en el pago de los 300 dólares,<br />

dinero de exención. Y mientras esa provisión permaneció de aplicación universal, no<br />

consideramos necesario hacer una expresión pública de nuestros sentimientos sobre este<br />

particular.<br />

Diremos además que los Adventistas del Séptimo Día somos rígidamente antiesclavistas,<br />

leales al gobierno, y en armonía con ello estamos en contra de la rebelión.<br />

Pero no habiendo tenido una larga existencia como un pueblo diferente, y considerando<br />

que nuestra organización se ha completado apenas recientemente, nuestros<br />

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