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ABREVIATURAS

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elación con los hechos materia del procedimiento, así como aquéllas que sean innecesarias<br />

o ilícitas;<br />

Arts. 83, 84, 85, 86, 87, 88 DR<br />

IV. Una vez desahogadas las pruebas y dentro de los diez días siguientes, la Comisión podrá<br />

allegarse y ordenar el desahogo de pruebas para mejor proveer o citar para alegatos, en los<br />

términos de la siguiente fracción;<br />

V. Concluido el desahogo de pruebas para mejor proveer, la Comisión fijará un plazo no<br />

mayor a diez días para que el probable responsable y la Autoridad Investigadora formulen<br />

por escrito los alegatos que correspondan, y<br />

Art. 80 DR<br />

VI. El expediente se entenderá integrado a la fecha de presentación de los alegatos o al<br />

vencimiento del plazo referido en la fracción anterior. Una vez integrado el expediente, se<br />

turnará por acuerdo del Presidente al Comisionado ponente, de manera rotatoria, siguiendo<br />

rigurosamente el orden de designación de los Comisionados, así como el orden cronológico<br />

en que se integró el expediente, quien tendrá la obligación de presentar el proyecto de<br />

resolución al Pleno para su aprobación o modificación.<br />

En este último caso el Comisionado ponente incorporará al proyecto las modificaciones o<br />

correcciones sugeridas por el Pleno.<br />

Dentro de los diez días siguientes a la fecha en que quedó integrado el expediente, el probable<br />

responsable o el denunciante tendrán derecho de solicitar al Pleno una audiencia oral con el<br />

objeto de realizar las manifestaciones que estimen pertinentes.<br />

La Comisión dictará resolución en un plazo que no excederá de cuarenta días.<br />

Arts. 82, 123, 158 DR; 5, f. XXV, 17, f. XXV, 26, f. IV, 32, f. IX EOCFCE; Tercero CTSSP<br />

Jurisprudencia. No. Registro: 172,585 32<br />

Tesis aislada I.17o.A.10A No. Registro: 165,318 33<br />

Tesis aislada TCC I.7o.A.285 A. No. Registro: 181,773 34<br />

Tesis aislada Pleno, P. CXII/2000. No. Registro: 191,431 35<br />

Sección III<br />

De la Valoración de las Pruebas<br />

32<br />

“COMPETENCIA ECONÓMICA. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE PRÁCTICAS<br />

MONOPÓLICAS SEGUIDO POR LA COMISIÓN FEDERAL RELATIVA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 28<br />

DE JUNIO DE 2006).”<br />

33<br />

COMPETENCIA ECONÓMICA. LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 21, 31 Y 33 DE<br />

LA LEY FEDERAL RELATIVA, SON DIFERENTES Y AUTÓNOMOS ENTRE SÍ (LEGISLACIÓN VIGENTE<br />

HASTA EL 28 DE JUNIO DE 2006).<br />

34<br />

“COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA. LA SEGUNDA ETAPA DEL PROCEDIMIENTO DE<br />

INVESTIGACIÓN DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS ES UN PROCEDIMIENTO SEGUIDO EN FORMA DE JUICIO<br />

PARA LOS EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.”<br />

35<br />

“COMPETENCIA ECONÓMICA. LAS CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LA LEY<br />

FEDERAL CORRESPONDIENTE, LO IDENTIFICAN COMO ADMINISTRATIVO Y NO COMO CIVIL.”<br />

81

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