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ABREVIATURAS

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No. Registro: 169006<br />

Jurisprudencia<br />

Materia(s): Administrativa<br />

Novena Época<br />

Instancia: Primera Sala<br />

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta<br />

XXVIII, Septiembre de 2008<br />

Tesis: 1a. J. 72/2008<br />

Página: 143<br />

AGENTES ECONÓMICOS. PARA CONSIDERARSE CON ESE CARÁCTER<br />

NECESARIAMENTE SU ACTIVIDAD DEBE TRASCENDER A LA VIDA ECONÓMICA<br />

DEL ESTADO.<br />

Conforme a los artículos 8o., 9o., 10, 11, 12 y 13 de la Ley Federal de Competencia<br />

Económica, el objeto esencial de los agentes económicos consiste en establecer los<br />

lineamientos de comercialización, distribución, producción y precio de determinados bienes<br />

y servicios, en razón de algunos elementos estratégicos como son, entre otros, la ubicación<br />

geográfica, los periodos de tiempo, los proveedores, clientes y consumidores, con la finalidad<br />

de maximizar sus ganancias y utilidades comerciales, las cuales sirven como indicadores para<br />

comprobar si su actividad comercial es o no la de un agente económico, es decir, si repercute<br />

o no en el proceso de competencia y libre concurrencia. Así, acorde a la Ley señalada, deben<br />

examinarse las operaciones o prácticas efectuadas por los agentes económicos para verificar<br />

si trascienden favorablemente en la economía del Estado o si violentan el proceso de<br />

competencia y libre concurrencia mercantil, como ocurre cuando ejercen un poder sustancial<br />

en el mercado relevante. En ese sentido, para considerar que los agentes económicos tienen<br />

ese carácter, necesariamente su actividad debe trascender a la vida económica del Estado,<br />

esto es, sus ganancias comerciales deben repercutir en el proceso de competencia y libre<br />

concurrencia mercantil.<br />

Amparo en revisión 169/2007. The Coca-Cola Export Corporation. 24 de octubre de 2007. Cinco votos.<br />

Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Fernando A. Casasola Mendoza, Alfredo Aragón Jiménez<br />

Castro, Beatriz Joaquina Jaimes Ramos y Martha Elba Hurtado Ferrer. Amparo en revisión 172/2007. Industria<br />

Refresquera Peninsular, S.A. de C.V. 24 de octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández.<br />

Secretarios: Alfredo Aragón Jiménez Castro, Beatriz J. Jaimes Ramos, Martha Elba Hurtado Ferrer, Fernando<br />

A. Casasola Mendoza y Gustavo Ruiz Padilla. Amparo en revisión 174/2007. Coca-Cola Femsa, S.A. de C.V.<br />

y otra. 24 de octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretarios: Alfredo Aragón<br />

Jiménez Castro, Beatriz J. Jaimes Ramos, Martha Elba Hurtado Ferrer, Fernando A. Casasola Mendoza y María<br />

Amparo Hernández Chong Cuy. Amparo en revisión 418/2007. Coca Cola Femsa, S.A. de C.V. y otras. 24 de<br />

octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretarios: Alfredo Aragón Jiménez<br />

Castro, Beatriz J. Jaimes Ramos, Martha Elba Hurtado Ferrer y Fernando Alberto Casasola Mendoza. Amparo<br />

en revisión 168/2007. Propimex, S.A. de C.V. y otras. 24 de octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: Olga<br />

Sánchez Cordero de García Villegas. Secretarios: Alfredo Aragón Jiménez Castro, Beatriz J. Jaimes Ramos,<br />

Martha Elba Hurtado Ferrer y Fernando A. Casasola Mendoza.<br />

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