02.03.2016 Views

ABREVIATURAS

1RDKsvZ

1RDKsvZ

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

[…]<br />

ARTÍCULO 48.- Con excepción de los Usuarios Calificados, los Suministradores de Servicios<br />

Básicos ofrecerán el Suministro Básico a todas las personas que lo soliciten y cuyos Centros<br />

de Carga se encuentren ubicados en las zonas donde operen, siempre que ello sea<br />

técnicamente factible y cumpla con las disposiciones aplicables, en condiciones no<br />

indebidamente discriminatorias.<br />

Los Suministradores de Servicios Calificados podrán ofrecer el Suministro Calificado a los<br />

Usuarios Calificados en condiciones de libre competencia. […]<br />

ARTÍCULO 105.- Sin perjuicio de las demás prácticas establecidas en la Ley Federal de<br />

Competencia Económica, se considerarán prácticas monopólicas cualquier convenio, arreglo<br />

o coordinación entre Participantes del Mercado con la intención o efecto de restringir el<br />

funcionamiento eficiente del Mercado Eléctrico Mayorista. Cuando la Secretaría, la CRE, el<br />

CENACE o cualquier otra persona detecte dichas prácticas, informará a la Comisión Federal<br />

de Competencia Económica para que ésta proceda conforme a sus facultades.<br />

Arts. 12, f. I, 66, 74 LFCE; 17, f. II, 28, f. I, 29, EOCFCE<br />

Cuando la Secretaría, la CRE, el CENACE o cualquier otra persona considere que no existen<br />

condiciones de competencia efectiva en algún mercado, solicitará a la Comisión Federal de<br />

Competencia Económica que realice el análisis correspondiente para que, en su caso, ordene<br />

las medidas necesarias para establecer las condiciones de libre competencia y concurrencia.<br />

ARTÍCULO 108.- El CENACE está facultado para:<br />

[…]<br />

Arts. 12, f. XI, 96, 97 LFCE; 108, 109, 110 DR;<br />

17, f. XVI y XVII, 20, f. VII, 30, 32, f. III, EOCFCE<br />

IV. Operar el Mercado Eléctrico Mayorista en condiciones que promuevan la competencia,<br />

eficiencia y no indebida discriminación;<br />

[…]<br />

ARTÍCULO 131.- Los permisos, según sea el caso, terminan:<br />

[…]<br />

III. Por revocación determinada por la CRE en los casos siguientes:<br />

[…]<br />

k) Por concertar o manipular en cualquier forma los precios de venta de energía eléctrica o<br />

Productos Asociados, sin perjuicio de las sanciones que procedan conforme a la Ley Federal<br />

de Competencia Económica y esta Ley, o […]<br />

Arts. 12, f. I, 66, 74 LFCE; 17, f. II, 28, f. I EOCFCE<br />

ARTÍCULO 159.- La Secretaría, la CRE y el CENACE facilitarán la transparencia de la<br />

información en el Mercado Eléctrico Mayorista, tomando en cuenta el interés público, la<br />

integridad y funcionamiento eficiente de dicho Mercado, la competencia económica y la<br />

protección de los consumidores.<br />

[…]<br />

TRANSITORIOS<br />

292

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!