02.03.2016 Views

ABREVIATURAS

1RDKsvZ

1RDKsvZ

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

ARTÍCULO 103. Las reglas relativas al ofrecimiento y desahogo de las pruebas se aplicarán a<br />

todos los procedimientos e incidentes previstos en la Ley y en las Disposiciones Regulatorias,<br />

en lo conducente y salvo disposición en contrario.<br />

Libro Tercero<br />

De los Procedimientos<br />

Sección séptima<br />

Arts. 83, 94, 96, 133 LFCE; 25, f. II EOCFCE<br />

De los procedimientos establecidos en los artículos 94 y 96 de la Ley<br />

ARTÍCULO 104. Las solicitudes que presente el Ejecutivo Federal en términos del artículo 94<br />

de la Ley deben contener lo siguiente:<br />

Art. 94 LFCE<br />

I. Identificación del funcionario público responsable de dar seguimiento al procedimiento<br />

por parte del solicitante;<br />

II. Los elementos que estén a su disposición y que permitan analizar los criterios establecidos<br />

en el artículo 58 de la Ley, junto con la información que se recabe durante la investigación;<br />

III. En su caso, el nombre de la persona que controla el insumo;<br />

Arts. 58 LFCE; 5, 11 DR<br />

IV. Descripción del insumo, incluyendo su uso y utilidad; proceso productivo mediante el<br />

cual se obtiene; costos y plazos estimados para construir o generar un insumo idéntico o<br />

similar y plazo para recuperar la inversión; principales componentes, dificultades para<br />

obtenerlos y posibilidades técnicas, económicas y legales de que tales componentes puedan<br />

ser proporcionados de manera desagregada; posibilidades técnicas, económicas y legales de<br />

que los usuarios del insumo puedan obtener un bien o servicio similar en una localidad o área<br />

geográfica distinta de aquella en la que se encuentra dicho insumo; así como los avances<br />

tecnológicos en la producción del insumo o de los bienes o servicios que se obtiene de éste;<br />

Art. 60 LFCE<br />

V. Descripción de la barrera y la manera en la que ésta distorsiona el proceso de competencia<br />

y libre concurrencia;<br />

Art. 3, f. IV, 57 LFCE<br />

VI. En caso que la barrera sea una disposición jurídica, la Autoridad Pública que la expidió<br />

y datos donde pueda ser consultada, incluyendo fecha y medio de publicación o difusión y,<br />

en caso de que no se encuentre divulgada, debe exhibirse en copia simple;<br />

Arts. 3, f. IV, 57 LFCE<br />

VII. En caso que la barrera sea un hecho o acto de uno o varios Agentes Económicos, debe<br />

identificar a la persona o personas de que se trate; y<br />

VIII. Cualquier otro elemento que se estime relevante para la investigación.<br />

143

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!