02.03.2016 Views

ABREVIATURAS

1RDKsvZ

1RDKsvZ

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

III. No exprese con claridad cuál es el hecho o hechos que se tratan de demostrar con las<br />

pruebas ofrecidas.<br />

El interesado contará con un plazo de cinco días para desahogar la prevención y, en caso<br />

contrario, se desecharán los medios de prueba ofrecidos.<br />

Para los efectos de la fracción III del artículo 83 de la Ley, la prevención sobre pruebas se<br />

realizará una vez transcurrido el plazo que señala la fracción II de dicho artículo, con<br />

anterioridad a la admisión o desechamiento de las pruebas según sea el caso.<br />

Art. 83, f. III LFCE; 85 DR; 25, f.VI EOCFCE<br />

ARTÍCULO 89. La Autoridad Investigadora puede adicionar el interrogatorio o cuestionario<br />

y formular nuevas posiciones o preguntas durante las diligencias de desahogo de las pruebas<br />

testimonial o confesional, así como de la pericial.<br />

Art. 83. II, III LFCE<br />

ARTÍCULO 90. Las pruebas supervenientes pueden presentarse hasta antes de la integración<br />

del expediente.<br />

Arts. 83, f. VI , 94, f. VII, 96, f. IX, 133 LFCE; 25, f. VI EOCFCE<br />

ARTÍCULO 91. Salvo disposición en contrario, la Comisión utilizará en cualquiera de sus<br />

procedimientos la información publicada o almacenada en medios electrónicos. Dicha<br />

información puede integrarse al expediente en formato electrónico o de manera impresa,<br />

haciendo constar la certificación de la fuente y la fecha en que se consultó y, en su caso, se<br />

imprimió o almacenó.<br />

Art. 123 LFCE<br />

ARTÍCULO 92. La Comisión notificará por lista a los interesados, con una anticipación<br />

mínima de tres días, el inicio de las actuaciones necesarias para el desahogo de las pruebas<br />

que hayan sido admitidas u ordenadas.<br />

Arts. 83, f. III; 94, f. IV, 96, f. VI, 133 LFCE; 163, f. II, 165 DR; 25, f.VI EOCFCE<br />

ARTÍCULO 93. Los medios de prueba admitidos se declararán desiertos cuando el oferente<br />

no realice los actos necesarios para su oportuno desahogo o sean de imposible realización,<br />

sin perjuicio de los demás casos previstos expresamente en este ordenamiento.<br />

Arts. 83, f. III; 94, f. IV, 96, f. VI, 133 LFCE; 84 DR; 25, f. VI EOCFCE<br />

ARTÍCULO 94. La prueba testimonial se sujetará a las siguientes reglas:<br />

I. Se pueden presentar hasta dos testigos por cada hecho;<br />

II. Los testigos no pueden ser asesorados o recibir orientación para dar contestación a las<br />

preguntas, pero pueden consultar notas o documentos que lleven consigo, cuando sea<br />

pertinente según la naturaleza del asunto, previa autorización del servidor público<br />

comisionado para desahogar la diligencia; y<br />

III. El servidor público de la Comisión que practique la diligencia debe dictar las<br />

providencias necesarias para que los testigos no se comuniquen entre sí, ni por medio de otra<br />

persona, antes de que rindan su declaración. Asimismo, puede dictar las providencias y<br />

apercibimientos que procedan a quienes se encuentren presentes en la diligencia, a efecto de<br />

desahogarla conforme a Derecho.<br />

Arts. 83, f. III, 94, f. IV, 96, f. VI 121,126, 133 LFCE; 96 DR; 25, f. VI EOCFCE<br />

140

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!