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MAR<br />

MARRUECOS<br />

GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />

MARRUECOS - <strong>ESP</strong>AÑA<br />

A Real Decreto nº 719-68 de 20 de noviembre de 1968 por el que se establecen<br />

medidas especiales aplicables a la prevención médica en las escuelas donde el<br />

personal realiza un trabajo exponiéndose de forma habitual a la inhalación de polvo<br />

industrial o participa en la ejecución de este trabajo.<br />

A Orden Conjunta nº 528-68 del 21 de noviembre 1968 se establece la lista de los<br />

trabajos que exponen al personal, habitualmente a inhalación de polvo de origen<br />

industrial.<br />

A Orden Conjunta nº 527-68 del 21 de noviembre 1968 que fija los procedimientos<br />

y condiciones bajo las cuales algunas partes de las empresas pueden ser reconocidas<br />

por no exponer a los trabajadores al riesgo de neumoconiosis ocupacional.<br />

A Decreto de 3 de febrero, 1960, el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, que<br />

establece la determinación de las reglas especiales para la aplicación de la ley sobre<br />

la indemnización de las enfermedades profesionales silicosis y la asbestosis<br />

profesional.<br />

A Orden conjunta de 04 de febrero 1960 que establece la lista de trabajo industrial<br />

que expone habitualmente al personal a la inhalación de polvo de sílice libre o<br />

el amianto.<br />

A Orden conjunta de 05 de febrero 1960 por la que se establecen los términos de<br />

las recomendaciones de los médicos responsables de la supervisión del personal<br />

expuesto al riesgo de silicosis y la asbestosis.<br />

A Decreto Conjunto del 06 de febrero 1960 por el que se establecen los términos<br />

de las Recomendaciones relativas al material radiológico utilizado en la detección<br />

y el control de la silicosis y la asbestosis.<br />

A Decreto de 04 de julio 1957 por el que se establecen medidas especiales para<br />

la protección de los trabajadores que participan en las cámaras frigoríficas.<br />

A Decreto 1 de agosto de 1951, el Director de Trabajo y Asuntos Sociales por el<br />

que se determinan los términos del aviso de los peligros de las sustancias radiactivas,<br />

así como las precauciones a tomar para evitar.<br />

A Decreto de 11 de junio 1949 por el que se establece la lista de las máquinas o<br />

partes de máquinas peligrosas para los trabajadores y para los que no hay dispositivos<br />

de protección de efectividad reconocida.<br />

1.2. Organismos reconocidos en Marruecos:<br />

En Marruecos no encontramos multitud de organismos especializados en la materia<br />

de seguridad y salud ocupacional, así como los encontramos en la mayoría de<br />

países objeto del presente estudio. Básicamente nos encontramos con los Ministerios<br />

encargados de funciones relacionadas con la seguridad y salud ocupacional,<br />

como son el de trabajo y el de salud.<br />

A Ministerio de Empleo y Asuntos Sociales (Ministère de l’Emploi et des Affaires<br />

Sociales): Es el máximo organismo responsable en cuanto a la promoción del marco<br />

normativo en materia de empleo y de seguridad y salud en el trabajo, ostentando<br />

plena y exclusiva potestad a nivel legislativo en las mencionadas materias. Entre<br />

sus funciones relativas a la Higiene, Salud y Seguridad en el Trabajo encontramos,<br />

además de desarrollar el marco legislativo y definir las estrategia de seguridad y<br />

salud, definir e implementar programas de prevención de riesgos profesionales,<br />

establecer programas de visitas de la Inspección y proporcionar asesoramiento a<br />

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