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PBA PAÍSES BAJOS GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES PAÍSES BAJOS - ESPAÑA 6. Colectivos específicos: fundamento jurídico La normativa de Países Bajos en materia de seguridad y salud en el trabajo se caracteriza por un alto grado de concentración normativa, recopilando la mayoría de derechos y obligaciones en este ámbito en la Ley de Condiciones de Trabajo y en el Decreto de Condiciones de Trabajo, que desarrolla su contenido. Es también el caso de las obligaciones que conciernen a la protección especial que deberá brindar el empresario en relación a determinados colectivos, las cuales se recogen principalmente en el Decreto de Condiciones de Trabajo: Fundamento jurídico SST: colectivos específicos Trabajadores menores: Decreto de Condiciones de Trabajo, del 15 de enero de 1997 (Capítulo 1, Sección 8) Mujeres embarazadas: Decreto de Condiciones de Trabajo, del 15 de enero de 1997 (Capítulo 1, Sección 9) Trabajadores temporales: Incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley y normativa complementaria 76
PBA PAÍSES BAJOS GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES PAÍSES BAJOS - ESPAÑA 7. Comparativa bilateral del estudio: explicación problemáticas existentes, posibles problemas con la simplificación Como norma general, España y Países Bajos comparten un perfil bastante similar en cuanto a la regulación de la seguridad y salud en el trabajo, siendo la principal y más obvia razón el hecho de que ambas legislaciones emanan de la misma fuente: la Directiva Marco 89/391 CEE. Ahora bien, tras la identificación de requisitos legales llevada a cabo, se han detectado algunas diferencias entre ambas normativas que van más allá del mero matiz y que se exponen en este apartado. En primer lugar, y en términos más generales, la Ley de Condiciones de Trabajo neerlandesa presenta un enfoque más objetivista que la española, siendo ésta de carácter más instrumental. Ello se traduce a su vez en un mayor grado de flexibilidad para el empresario neerlandés a efectos de cumplir con lo que la normativa le exige. Uno de los ejemplos más claros lo encontramos a la hora de organizar la gestión de la prevención: el empresario establecido en Países Bajos debe adoptar una modalidad organizativa que dé respuesta de manera eficaz a los riesgos profesionales derivados de la actividad empresarial. Ahora bien, el empresario tiene un alto grado de libertad, pudiendo indistintamente recurrir a profesionales y servicios internos o bien externos, sin existir limitaciones motivadas por el número de plantilla o tipo de actividad económica que venga desempeñando. En segundo lugar, una de las funciones atribuidas a los servicios de seguridad y salud de Países Bajos consiste en brindar asistencia a los trabajadores que se encuentran ausentes del trabajo con motivo de una enfermedad profesional, con el objetivo de facilitar su reincorporación. De hecho, este es uno de los servicios más importantes que realizan, ya que la normativa neerlandesa en materia de Seguridad Social obliga al empresario a asumir, como norma general, el 70% del salario del empleado durante la duración de la baja. 77
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7. Comparativa bilateral del estudio:<br />
explicación problemáticas existentes,<br />
posibles problemas con la simplificación<br />
Como norma general, España y Países Bajos comparten un perfil bastante similar<br />
en cuanto a la regulación de la seguridad y salud en el trabajo, siendo la principal y<br />
más obvia razón el hecho de que ambas legislaciones emanan de la misma fuente:<br />
la Directiva Marco 89/391 CEE.<br />
Ahora bien, tras la identificación de requisitos legales llevada a cabo, se han detectado<br />
algunas diferencias entre ambas normativas que van más allá del mero matiz<br />
y que se exponen en este apartado.<br />
En primer lugar, y en términos más generales, la Ley de Condiciones de Trabajo<br />
neerlandesa presenta un enfoque más objetivista que la española, siendo ésta de<br />
carácter más instrumental. Ello se traduce a su vez en un mayor grado de flexibilidad<br />
para el empresario neerlandés a efectos de cumplir con lo que la normativa le<br />
exige. Uno de los ejemplos más claros lo encontramos a la hora de organizar la<br />
gestión de la prevención: el empresario establecido en Países Bajos debe adoptar<br />
una modalidad organizativa que dé respuesta de manera eficaz a los riesgos profesionales<br />
derivados de la actividad empresarial. Ahora bien, el empresario tiene un<br />
alto grado de libertad, pudiendo indistintamente recurrir a profesionales y servicios<br />
internos o bien externos, sin existir limitaciones motivadas por el número de<br />
plantilla o tipo de actividad económica que venga desempeñando.<br />
En segundo lugar, una de las funciones atribuidas a los servicios de seguridad y<br />
salud de Países Bajos consiste en brindar asistencia a los trabajadores que se encuentran<br />
ausentes del trabajo con motivo de una enfermedad profesional, con el<br />
objetivo de facilitar su reincorporación. De hecho, este es uno de los servicios más<br />
importantes que realizan, ya que la normativa neerlandesa en materia de Seguridad<br />
Social obliga al empresario a asumir, como norma general, el 70% del salario<br />
del empleado durante la duración de la baja.<br />
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