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PBA<br />
PAÍSES BAJOS<br />
GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />
PAÍSES BAJOS - <strong>ESP</strong>AÑA<br />
deberá a tales efectos designar a uno o más empleados con el rol de experto en<br />
emergencias.<br />
Estos equipos ofrecerán 3 niveles de asistencia:<br />
Requisitos aplicables a los Equipos de Protección Individual (EPIs)<br />
Conformidad<br />
Todos los EPIS deberán disponer del certificado de conformidad CE.<br />
Requisitos EPI:<br />
Ser adecuados al peligro o peligros a evitar / controlar.<br />
1. Proporcionar primeros auxilios a los empleados accidentados.<br />
2. Control y extinción de incendios, así como la atención a posibles heridos.<br />
3. Activación del sistema de alarma y evacuación de todo el personal de las dependencias<br />
del centro.<br />
A efectos de poder cumplir diligentemente con estas responsabilidades, y en función<br />
de las características del centro y de los riesgos derivados de la actividad de la<br />
empresa, los miembros de estos equipos deberán ser debidamente formados,<br />
disponer de un número suficiente de efectivos y, en definitiva, ser organizados de<br />
forma que posibilite el desempeño de sus actividades.<br />
5.8. Equipos de Protección Individual<br />
Consideraciones para su<br />
elección:<br />
Formación específica:<br />
No acarrear otros riesgos adicionales con motivo de su uso.<br />
Garantizar un grado de protección eficaz.<br />
Ser empleado para el uso para el que ha sido concebido.<br />
Facilidad de adaptación a las características físicas del usuario.<br />
Características del puesto de trabajo.<br />
Frecuencia de exposición.<br />
Magnitud del riesgo, según la evaluación previa.<br />
Grado de protección que ofrece el EPI.<br />
Instrucciones de uso de los EPIS.<br />
Procedimientos para el mantenimiento y limpieza del EPI.<br />
Si bien la Ley de Condiciones de Trabajo es la norma donde se refleja el deber que<br />
ostenta el empresario de poner a disposición de sus trabajadores los equipos de<br />
protección individual (EPIs) que resulten necesarios, es la Sección I del Capítulo VIII<br />
del Decreto de Condiciones de Trabajo la norma de referencia por la que se regula<br />
dicho deber.<br />
Se exponen en la siguiente tabla los principales requisitos aplicables a la puesta a<br />
disposición y uso de los equipos de protección individual en Países Bajos:<br />
Condiciones particulares<br />
de uso:<br />
Simultáneo<br />
Compartido:<br />
Asegurarse de que el uso simultáneo no ocasiona<br />
una pérdida de la eficacia de los EPIS.<br />
Como norma general, los EPIs son de uso<br />
individual, pero la normativa contempla la<br />
posibilidad de que sean compartidos (siempre<br />
y cuando se apliquen medidas adicionales que<br />
aseguren que este uso compartido y nunca<br />
simultáneo no ocasiona riesgos adicionales ni<br />
perjudica el grado de protección del EPI.<br />
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