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PBA PAÍSES BAJOS GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES PAÍSES BAJOS - ESPAÑA En el caso de que el empresario cometa una infracción de manera reiterada, podrá ser sancionado con un importe económico que podrá suponer hasta tres veces la cuantía ordinaria correspondiente a la infracción. Por último, el incumplimiento de la obligación del empresario de reportar a la autoridad laboral (Inspectie SZW) un accidente de trabajo con consecuencias graves o mortales, tal y como se dispone en el artículo 9 de la Ley de Condiciones de Trabajo, podrá ser castigado con una multa económica de hasta 50.000 €. 68

PBA PAÍSES BAJOS GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES PAÍSES BAJOS - ESPAÑA 5. Gestión PRL: los instrumentos 5.1. Evaluación de riesgos. Una de las principales obligaciones generales que atribuye la normativa neerlandesa en materia de seguridad y salud en el trabajo a la figura del empresario consiste en identificar y evaluar los riesgos a los que está expuesta su plantilla con motivo del desarrollo del trabajo. Este deber viene regulado en el artículo 5 de la Ley de Condiciones de Trabajo. Tal y como se refleja en la norma, el empresario es responsable de confeccionar un inventario de riesgos ocupacionales susceptibles de ocasionar un accidente o enfermedad profesional a los trabajadores a su cargo. En este inventario, cada uno de los riesgos identificados deberá asociarse a una serie de medidas preventivas orientadas a su eliminación o, en su caso, control. Al igual que ocurre en nuestro país, los trabajadores o su representación deberán ser consultados acerca de cómo se efectuará la evaluación de riesgos. Además, todo empresario debe garantizar que cualquiera de sus trabajadores tenga acceso al contenido de la evaluación de riesgos de manera independiente. Por otra parte, la norma dispone que deba revisarse la evaluación de riesgos siempre que se originen cambios en las condiciones o en los métodos de trabajo, y en función del estado de la técnica. En definitiva, cualquier cambio sustancial que comporte un desfase entre el contenido de la evaluación de riesgos y las condiciones de trabajo existentes. Ahora bien, en caso de no producirse ninguna de estas circunstancias, el artículo 2.5d del Decreto de Condiciones de Trabajo establece un periodo de 5 años como el máximo tiempo de vigencia de una evaluación de riesgos. 69

PBA<br />

PAÍSES BAJOS<br />

GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />

PAÍSES BAJOS - <strong>ESP</strong>AÑA<br />

5. Gestión PRL: los instrumentos<br />

5.1. Evaluación de riesgos.<br />

Una de las principales obligaciones generales que atribuye la normativa neerlandesa<br />

en materia de seguridad y salud en el trabajo a la figura del empresario consiste<br />

en identificar y evaluar los riesgos a los que está expuesta su plantilla con motivo<br />

del desarrollo del trabajo. Este deber viene regulado en el artículo 5 de la Ley de<br />

Condiciones de Trabajo.<br />

Tal y como se refleja en la norma, el empresario es responsable de confeccionar un<br />

inventario de riesgos ocupacionales susceptibles de ocasionar un accidente o enfermedad<br />

profesional a los trabajadores a su cargo. En este inventario, cada uno de<br />

los riesgos identificados deberá asociarse a una serie de medidas preventivas<br />

orientadas a su eliminación o, en su caso, control.<br />

Al igual que ocurre en nuestro país, los trabajadores o su representación deberán<br />

ser consultados acerca de cómo se efectuará la evaluación de riesgos. Además,<br />

todo empresario debe garantizar que cualquiera de sus trabajadores tenga acceso<br />

al contenido de la evaluación de riesgos de manera independiente.<br />

Por otra parte, la norma dispone que deba revisarse la evaluación de riesgos siempre<br />

que se originen cambios en las condiciones o en los métodos de trabajo, y<br />

en función del estado de la técnica. En definitiva, cualquier cambio sustancial<br />

que comporte un desfase entre el contenido de la evaluación de riesgos y las condiciones<br />

de trabajo existentes. Ahora bien, en caso de no producirse ninguna de<br />

estas circunstancias, el artículo 2.5d del Decreto de Condiciones de Trabajo establece<br />

un periodo de 5 años como el máximo tiempo de vigencia de una evaluación<br />

de riesgos.<br />

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