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ITA<br />
ITALIA<br />
GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />
ITALIA - <strong>ESP</strong>AÑA<br />
Además de estas principales sanciones y penas de prisión, existe una larga lista de<br />
sanciones imponibles al empresario e incluidas en los artículos 55.4 y siguientes<br />
del Decreto Legislativo nº 81 de 2008. La cuantía de estas multas puede alcanzar<br />
los 10.000€ y una privación de libertad de hasta 8 meses.<br />
El 4 de julio de 2001, entró en vigor el Decreto Legislativo nº 231/2001, por el que<br />
se establece el «Reglamento sobre la responsabilidad administrativa de las personas<br />
jurídicas, compañías y asociaciones con o sin personalidad jurídica». Esta<br />
norma estipula una serie de delitos que conllevan responsabilidad administrativa,<br />
ya no sólo para la figura del empresario, sino también para cargos de representación,<br />
de administración e incluso para unidades de negocio con autonomía financiera<br />
y de poder de decisión y gestión.<br />
— Prohibición del trabajo con la administración pública.<br />
— La exclusión de las subvenciones, financiación, contribuciones u otros soportes<br />
y retirada de la que se haya concedido.<br />
— Prohibición de bienes o servicios de publicidad.<br />
Otra diferencia destacable respecto de nuestro país es que el trabajador tampoco<br />
está exento de responsabilidad, pudiendo tener que hacer frente a sanciones de<br />
200 a 600€ y un posible arresto de hasta un mes por incumplir con las responsabilidades<br />
u obligaciones a él asignadas en el citado decreto legislativo. Se prevé<br />
también una multa de 50 a 300€ en los casos en los que trabaje en régimen de<br />
subcontratación y no ostente la tarjeta de identificación obligatoria.<br />
Dentro de los delitos citados en la norma, uno de ellos lo constituye la materialización<br />
de un accidente de trabajo grave o mortal como consecuencia del incumplimiento<br />
de la normativa italiana en materia de prevención de accidentes y seguridad<br />
y salud en el trabajo.<br />
El artículo 9 del mencionado decreto dispone las sanciones a las que pueden hacer<br />
frente los sujetos responsables por la comisión del incumplimiento, siendo éstas<br />
las siguientes:<br />
A Sanción económica de hasta 1.549.370,69€ (con posibilidad de embargo preventivo).<br />
A Sanciones prohibitivas (de 3 meses a 2 años):<br />
— Prohibición de ejercer actividades comerciales.<br />
— Suspensión o retirada de autorizaciones, licencias o permisos relacionados<br />
con el delito cometido.<br />
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