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Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo I ... - Poder Judicial

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MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 19/97 525TÍTULO IIÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONALARTÍCULO 21. Los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> Seguridad Social se reconocerán a los trabajadoresque presten o hayan prestado servicios en cualquiera <strong>de</strong> los Estados Partereconociéndoles, así como a sus familiares y asimilados, los mismos<strong>de</strong>rechos y estando sujetos a las mismas obligaciones que los nacionales <strong>de</strong>dichos Estados Parte con respecto a los específicamente mencionados enel presente Acuerdo.2. El presente Acuerdo también será aplicado a los trabajadores <strong>de</strong>cualquier otra nacionalidad resi<strong>de</strong>ntes en el territorio <strong>de</strong> uno <strong>de</strong> losEstados Parte siempre que presten o hayan prestado servicios en dichosEstados Parte.TÍTULO IIIÁMBITO DE APLICACIÓN MATERIALARTÍCULO 31. El presente Acuerdo será aplicado <strong>de</strong> conformidad con la legislación<strong>de</strong> seguridad social referente a las prestaciones contributivas pecuniarias y<strong>de</strong> salud existentes en los Estados Parte, en la forma, condiciones yextensión aquí establecidas.2. Cada Estado Parte conce<strong>de</strong>rá las prestaciones pecuniarias y <strong>de</strong> salud<strong>de</strong> acuerdo con su propia legislación.3. Las normas sobre prescripción y caducidad vigentes en cada EstadoParte serán aplicadas a lo dispuesto en este Artículo.TÍTULO IVDETERMINACIÓN DE LA LEGISLACIÓN APLICABLEARTÍCULO 4El trabajador estará sometido a la legislación <strong>de</strong>l Estado Parte en cuyoterritorio ejerza la actividad laboral.ARTÍCULO 51. El principio establecido en el Artículo 4 tiene las siguientes excepciones:1. a) el trabajador <strong>de</strong> una empresa con se<strong>de</strong> en uno <strong>de</strong> los Estados Parteque <strong>de</strong>sempeñe tareas profesionales, <strong>de</strong> investigación, científicas, técnicaso <strong>de</strong> dirección, o activida<strong>de</strong>s similares, y otras que pudieran ser <strong>de</strong>finidas

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