13.07.2015 Views

Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo I ... - Poder Judicial

Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo I ... - Poder Judicial

Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo I ... - Poder Judicial

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

232 DIGESTO NORMATIVO DE EXTRANJERÍAARTÍCULO 24En caso <strong>de</strong> fallecimiento <strong>de</strong>l funcionario diplomático, su familia continuaráen el goce <strong>de</strong> las inmunida<strong>de</strong>s por un plazo razonable, hasta queabandone el Estado don<strong>de</strong> se encuentra.(22)SECCIÓN VDEL FIN DE LA MISIÓN DIPLOMÁTICAARTÍCULO 25Los funcionarios diplomáticos cesan en su misión:(23)1. Por la notificación oficial <strong>de</strong>l gobierno <strong>de</strong>l funcionario al otro gobierno<strong>de</strong> que el diplomático ha cesado en sus funciones.2. Por la expiración <strong>de</strong>l plazo fijado para el cumplimiento <strong>de</strong> la misión.3. Por la solución <strong>de</strong>l asunto si la misión hubiese sido creada por unacuestión <strong>de</strong>terminada.4. Por la entrega <strong>de</strong> los pasaportes al funcionario hecha por el gobiernoante el cual estuviese acreditado.5. Por la petición <strong>de</strong> sus pasaportes hecha a éste por el funcionario.En los casos arriba mencionados se conce<strong>de</strong>rá un plazo razonable alfuncionario diplomático, al personal oficial <strong>de</strong> la misión y a las respectivasfamilias para abandonar el territorio <strong>de</strong>l Estado, siendo <strong>de</strong>ber <strong>de</strong>l gobiernoante el cual estuvo el funcionario acreditado, cuidar durante ese tiempoporque ninguno <strong>de</strong> ellos sea molestado ni perjudicado en su persona obienes.El fallecimiento o la renuncia <strong>de</strong>l Jefe <strong>de</strong>l Estado, así como el cambio <strong>de</strong>gobierno o <strong>de</strong> régimen político en cualquiera <strong>de</strong> los dos países, no pondráfin a la misión <strong>de</strong> los funcionarios diplomáticos.ARTÍCULO 26La presente Convención no afecta los compromisos adquiridos anteriormentepor las partes Contratantes en virtud <strong>de</strong> acuerdo internacional.(22) Ley Nº 90/69 “Que aprueba la Convención <strong>de</strong> Viena sobre relaciones diplomáticas, elProtocolo Facultativo sobre jurisdicción obligatoria para la solución <strong>de</strong> controversias y elProtocolo Facultativo sobre adquisición <strong>de</strong> nacionalidad, Viena, 1961”, art. 39 nums. 3, 4.(23) Ley Nº 90/69 “Que aprueba la Convención <strong>de</strong> Viena sobre relaciones diplomáticas, elProtocolo Facultativo sobre jurisdicción obligatoria para la solución <strong>de</strong> controversias y elProtocolo Facultativo sobre adquisición <strong>de</strong> nacionalidad, Viena, 1961”, art. 43.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!