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Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo I ... - Poder Judicial

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LEY Nº 1073/97 1936. La expresión "representantes" empleada en el presente Artículocompren<strong>de</strong> a todos los representantes así como a los representantesalternos, asesores y expertos(7).FUNCIONARIOSARTÍCULO 51. El Secretario General <strong>de</strong>l Organismo <strong>de</strong>terminará las categorías <strong>de</strong>los funcionarios a quienes se aplican las disposiciones <strong>de</strong> este Artículo.Someterá la lista <strong>de</strong> estas categorías a la Conferencia General y <strong>de</strong>spuésserán comunicadas periódicamente a los Gobiernos <strong>de</strong> todos los Miembros.2. Los funcionarios <strong>de</strong>l Organismo:a) Estarán inmunes <strong>de</strong> todo proceso judicial respecto a palabras escritaso habladas y a todos los actos ejecutados, en su carácter oficial;b) Estarán inmunes, tanto ellos como sus cónyuges e hijos menores <strong>de</strong>edad, <strong>de</strong> toda restricción <strong>de</strong> migración y <strong>de</strong> registro <strong>de</strong> extranjeros(8);c) Se les dará a ellos, y a sus cónyuges e hijos menores <strong>de</strong> edad, lasmismas facilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> repatriación en época <strong>de</strong> crisis internacional, <strong>de</strong> quegozan los agentes diplomáticos; y,d) Podrán importar, libres <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos, sus muebles y efectos en ocasión<strong>de</strong> su ingreso al país para ocupar su cargo.3. Los funcionarios <strong>de</strong>l Organismo, salvo en el país <strong>de</strong> su nacionalidad:a) Estarán exentos <strong>de</strong> impuestos sobre los sueldos y emolumentospagados por el Organismo;b) Estarán exentos <strong>de</strong> todo servicio <strong>de</strong> carácter nacional; y,c) Disfrutarán, por lo que respecta al movimiento internacional <strong>de</strong>fondos, franquicias iguales a las que disfrutan funcionarios <strong>de</strong> categoríasequivalentes pertenecientes a las misiones diplomáticas ante el Gobiernorespectivo.4. A<strong>de</strong>más <strong>de</strong> las prerrogativas e inmunida<strong>de</strong>s especificadas en los dospárrafos anteriores, se acordarán al Secretario General <strong>de</strong>l Organismo y asu cónyuge e hijos menores <strong>de</strong> edad las prerrogativas e inmunida<strong>de</strong>s,exenciones y facilida<strong>de</strong>s que se otorguen a los agentes diplomáticos <strong>de</strong>acuerdo con el Derecho Internacional.5. Las prerrogativas e inmunida<strong>de</strong>s se otorgan a los funcionarios eninterés <strong>de</strong>l Organismo y no en provecho <strong>de</strong> los propios individuos. El(7) LM, art. 25 num. 1.(8) LM, art. 4º nums. 2, 5.

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