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Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo II ... - Poder Judicial

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64 DIGESTO NORMATIVO DE EXTRANJERÍATÍTULO <strong>II</strong>DE LOS CONTRATOS EN PARTICULARCAPÍTULO XIDE LA SOCIEDADSECCIÓN IDE LAS DISPOSICIONES GENERALESPARÁGRAFO IDE LA EXISTENCIA Y VALIDEZ DE LA SOCIEDAD Y DE SUADMINISTRACIÓNArt. 980.– Salvo disposición especial referente a cada tipo <strong>de</strong> sociedad,los negocios podrán girar bajo el nombre <strong>de</strong> uno o más <strong>de</strong> los componentes,con el aditamento “y compañía” o sin él, <strong>de</strong> acuerdo con las reglas quesiguen:a) no podrá contener nombre <strong>de</strong> persona que no sea socio; pero a lasociedad constituida fuera <strong>de</strong>l territorio <strong>de</strong> la República, le será permitidoen ésta el empleo <strong>de</strong>l usado en el extranjero, aunque no corresponda al <strong>de</strong>ninguno <strong>de</strong> los miembrosSECCIÓN IXDE LAS SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO (11)Art. 1196.– Las Socieda<strong>de</strong>s constituidas en el extranjero se rigen, encuanto a su existencia y capacidad, por las leyes <strong>de</strong>l país <strong>de</strong> su domicilio.El carácter que revisten las habilita plenamente para ejercer en la Repúblicalas acciones y <strong>de</strong>rechos que les corresponda.Más, para el ejercicio habitual <strong>de</strong> actos comprendidos en el objetoespecial <strong>de</strong> su institución, se ajustarán a las prescripciones establecidas enla República.Las socieda<strong>de</strong>s constituidas en el extranjero tienen su domicilio en ellugar don<strong>de</strong> está el asiento principal <strong>de</strong> sus negocios. Los establecimientos,agencias o sucursales constituidas en la República se consi<strong>de</strong>ran domici-(11) Ley N° 349/94 “Que aprueba el Acuerdo sobre promoción y protección recíproca <strong>de</strong>inversiones entre el Gobierno <strong>de</strong> la República <strong>de</strong>l Paraguay y el reino <strong>de</strong> los Países Bajos”; LeyN° 467/94 “Que aprueba el Acuerdo entre la República <strong>de</strong>l Paraguay y la República <strong>de</strong> Hungríasobre fomento y recíproca protección <strong>de</strong> inversiones”, art. 1° num. 2 inc. b); Ley N° 1352/88“Que establece el Registro Único <strong>de</strong> Contribuyentes”; art. 1° inc. b); Ley N° 125/91, art. 2° inc.c); Ley N° 827/96 “De Seguros”, art. 3° inc. b); Ley N° 861/96 “General <strong>de</strong> Bancos, Financieras yotras entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> crédito”, art. 15.

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