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Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo II ... - Poder Judicial

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58 DIGESTO NORMATIVO DE EXTRANJERÍAArt. 57.– El domicilio <strong>de</strong> origen regirá <strong>de</strong>s<strong>de</strong> que se abandonare el establecidoen el extranjero, sin ánimo <strong>de</strong> regresar a él.Art. 61.– El domicilio legal y el domicilio real <strong>de</strong>terminan la competencia<strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s para el ejercicio <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos y cumplimiento <strong>de</strong>las obligaciones.CAPÍTULO VDE LA DECLARACIÓN Y DE LA PRESUNCIÓN DE FALLECIMIENTOArt. 63.– Podrá <strong>de</strong>clararse judicialmente la muerte <strong>de</strong> una persona<strong>de</strong>saparecida en un terremoto, naufragio, acci<strong>de</strong>nte aéreo o terrestre,incendio, u otra catástrofe, o en acción <strong>de</strong> guerra, cuando por las circunstancias<strong>de</strong> la <strong>de</strong>saparición no quepa admitir razonablemente su supervivencia.TÍTULO <strong>II</strong>DE LAS PERSONAS JURÍDICASCAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALESArt. 91.– Son personas jurídicas:(9)a) El Estado;b) Los Gobiernos Departamentales y las Municipalida<strong>de</strong>s;c) Las iglesias y las confesiones religiosas;d) Los entes autárquicos, autónomos y los <strong>de</strong> economía mixta y <strong>de</strong>másentes <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho público, que, conforme con la respectiva legislación, seancapaces <strong>de</strong> adquirir bienes y obligarse;e) Las universida<strong>de</strong>s;f) Las asociaciones que tengan por objeto el bien común;(9) Artículo modificado por Ley N° 388/94, art. 1°. Texto anterior: “Son personas jurídicas:a) el Estado;b) las Municipalida<strong>de</strong>s;c) la Iglesia Católica;d) los entes autárquicos, autónomos y los <strong>de</strong> economía mixta y <strong>de</strong>más entes <strong>de</strong> DerechoPúblico, que, conforme con la respectiva legislación, sean capaces <strong>de</strong> adquirir bienes y obligarse;e) las universida<strong>de</strong>s;f) las asociaciones que tengan por objeto el bien común;g) las asociaciones inscriptas con capacidad restringida;h) las fundaciones;i) las socieda<strong>de</strong>s anónimas y las cooperativas; yj) las <strong>de</strong>más socieda<strong>de</strong>s reguladas en el Libro <strong>II</strong>I <strong>de</strong> este Código.

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