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Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo II ... - Poder Judicial

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LEY Nº 1635/00 501LEY Nº 1635/00ORGÁNICA DEL MINISTERIO DERELACIONES EXTERIORES (1)EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DELEY:TÍTULO IDEL MINISTERIO Y SUS FUNCIONESArt. 1°.– El manejo <strong>de</strong> las relaciones exteriores <strong>de</strong> la República <strong>de</strong>lParaguay compete al Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República.(2)Art. 2°.– El Ministerio <strong>de</strong> Relaciones Exteriores es el órgano que planifica,coordina y ejecuta la política exterior bajo la dirección <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong>la República.(3)Art. 3°.– Todo órgano <strong>de</strong>l Estado, cuando <strong>de</strong>ba realizar alguna gestión<strong>de</strong> carácter oficial en el exterior, coordinará sus acciones con el Ministerio<strong>de</strong> Relaciones Exteriores.Art. 4°.– El Ministerio <strong>de</strong> Relaciones Exteriores tiene como funciones:a) proponer al Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República la política exterior, ejecutarlay conducir las relaciones exteriores;b) ejercer la representación <strong>de</strong>l Estado ante los otros Estados, en losorganismos internacionales y en los sistemas <strong>de</strong> integración, así comoparticipar en los foros y mecanismos <strong>de</strong> consulta y concentración política;c) negociar, suscribir y ratificar tratados, convenciones, acuerdos yotros instrumentos internacionales, con la cooperación, si fuera el caso <strong>de</strong>entida<strong>de</strong>s nacionales, y velar por el cumplimiento <strong>de</strong> dichos instrumentos;d) conducir las negociaciones sobre asuntos económicos internacionales,comercio exterior, procesos <strong>de</strong> integración, cooperación internacionaly emprendimientos binacionales y multinacionales, en coordinación,cuando corresponda, con otros órganos estatales;(1) Gaceta Oficial N° 245 (bis), <strong>de</strong> fecha 21 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2000, Sección Registro Oficial,págs. 1-5.(2) C, art. 238 num. 7).(3) C, art. 240.

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