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Descargar Digesto normativo de Extranjería Tomo II ... - Poder Judicial

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LEY Nº 110/92 257LEY Nº 110/92QUE DETERMINA EL RÉGIMEN DE LAS FRANQUICIASDE CARÁCTER DIPLOMÁTICO Y CONSULAREL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DELEY:CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALESArt. 1º.– Se regirán por las disposiciones <strong>de</strong> la presente Ley las franquiciasfiscales y facilida<strong>de</strong>s que se otorgan a las representaciones diplomáticasy consulares extranjeras, a los Organismos Internacionales y <strong>de</strong>Asistencia Técnica acreditados en el país y a los funcionarios paraguayosque regresan al término <strong>de</strong> su misión. (1)Art. 2º. – Los beneficios acordados en esta disposición legal se conce<strong>de</strong>nbajo condición <strong>de</strong> estricta reciprocidad, en relación a cada clase ycategoría <strong>de</strong> personas y alcance <strong>de</strong> las operaciones. En aplicación <strong>de</strong> dichoprincipio se podrán aumentar, disminuir o limitar dichos beneficios. Adicho fin, el Ministerio <strong>de</strong> Relaciones Exteriores llevará un registro <strong>de</strong> lasexenciones y privilegios acordados a los funcionarios diplomáticos yconsulares paraguayos acreditados en el exterior. (2)Art. 3º. – Salvo disposición en contrario, y sujeto a reciprocidad, lostributos que se eximen por disposición <strong>de</strong> la presente Ley son los constituidospor el gravamen aduanero y los tributos internos aplicables a laimportación y exportación <strong>de</strong> bienes, los <strong>de</strong>rechos consulares y todos losimpuestos fiscales o municipales conexos con las operaciones <strong>de</strong> importacióny exportación cuyo régimen <strong>de</strong> percepción esté vinculado con dichasoperaciones <strong>de</strong> comercio internacional. Los beneficios <strong>de</strong> la presente Ley(1) Ley N° 264/93 “Que aprueba el Convenio <strong>de</strong> Cooperación, suscrito entre el gobierno<strong>de</strong> la República <strong>de</strong>l Paraguay y la Organización Internacional para las Migraciones”; Ley N°1073/97 “Que aprueba la Convención sobre prerrogativas e inmunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l Organismo parala Proscripción <strong>de</strong> Armas Nucleares en América Latina (OPANAL)”; Ley N° 1427/99 “Queaprueba el Acuerdo <strong>de</strong> se<strong>de</strong> y <strong>de</strong> cooperación entre el gobierno <strong>de</strong> la República <strong>de</strong>l Paraguay yla Organización <strong>de</strong> las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura”, Dto-LeyN° 11/52 “Por el que se adhiere la República a la Convención sobre Prerrogativas eInmunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las Naciones Unidas, que fuera aprobada por la Asamblea General en susesión <strong>de</strong>l 13 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong> 1946”; Ley N° 559/95 “”Que aprueba el Acuerdo Básico <strong>de</strong>cooperación entre el gobierno <strong>de</strong> la República <strong>de</strong>l Paraguay y el Fondo <strong>de</strong> las Naciones Unidaspara la Infancia (UNICEF)”, art. V<strong>II</strong> num. 3.(2) Ley N° 1635/00 “Orgánica <strong>de</strong>l Ministerio <strong>de</strong> Relaciones Exteriores”.

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