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digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

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DIGESTO DE DERECHO ADMINISTRATIVOuniversalidad, legalidad, unidad, anualidad y equilibrio,entendiéndose por los mismos: 552a) Universalidad: que todos los ingresos y todos los gastosrealizados por los organismos y entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong>ben estarexpresamente presupuestados;b) Legalidad: los ingresos previstos en la Ley <strong>de</strong> Presupuestoson estimaciones que pue<strong>de</strong>n ser superadas por la gestión <strong>de</strong> losorganismos recaudadores. Los gastos autorizados en la ley <strong>de</strong>Presupuesto constituyen el monto máximo a ser <strong>de</strong>sembolsado y, enningún caso, podrán ser sobrepasados, salvo que otra ley así loestablezca;c) Unidad: que todos los ingresos, gastos y financiamientoscomponentes <strong>de</strong>l Presupuesto General <strong>de</strong> la Nación <strong>de</strong>ben incluirse enun solo documento para su estudio y aprobación;d) Anualidad: que el Presupuesto General <strong>de</strong> la Naciónincluirá las estimaciones <strong>de</strong> los ingresos y la programación <strong>de</strong> gastoscorrespondientes al ejercicio fiscal <strong>de</strong> cada año, sin perjuicio <strong>de</strong> lavigencia <strong>de</strong> planes <strong>de</strong> acción e inversión plurianuales; ye) Equilibrio: que el monto <strong>de</strong>l Presupuesto <strong>de</strong> gastos nopodrá exce<strong>de</strong>r el total <strong>de</strong>l presupuesto <strong>de</strong> ingresos y el <strong>de</strong>financiamiento.Art. 7º Normas presupuestarias. Los presupuestos seelaborarán observando las siguientes normas fundamentales:a) en ningún caso los organismos y entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l Estadoincluirán en sus presupuestos recursos para <strong>de</strong>sarrollar planes oprogramas que no guar<strong>de</strong>n relación directa con sus fines y objetivosestablecidos por la Constitución, la ley o sus cartas orgánicas;b) la <strong>de</strong>scentralización <strong>de</strong> los recursos financieros <strong>de</strong>l Estadohacia los gobiernos <strong>de</strong>partamentales se implementará conforme a losplanes <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo por áreas geográficas y a programas <strong>de</strong> caráctergeneral <strong>de</strong>l Gobierno Central; yc) en la Ley <strong>de</strong>l Presupuesto General <strong>de</strong> la Nación no seincluirá ninguna disposición que tenga vigencia fuera <strong>de</strong>l ejerciciofiscal, ni disposiciones o cláusulas que modifiquen o <strong>de</strong>roguen a otrasleyes <strong>de</strong> carácter permanente.Art. 8º Lineamientos <strong>de</strong>l Presupuesto General <strong>de</strong> laNación. El Po<strong>de</strong>r Ejecutivo <strong>de</strong>terminará anualmente, por <strong>de</strong>creto, los552Dto. Nº 8.127/00 “Por el cual se establecen las disposiciones legalesadministrativas que reglamentan la implementación <strong>de</strong> la Ley Nº 1.535/99 “DeAdministración Financiera <strong>de</strong>l Estado, y el funcionamiento <strong>de</strong>l Sistema Integrado <strong>de</strong>Administración Financiera –SIAF”, art.10.646

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