13.07.2015 Views

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

DIGESTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO<strong>de</strong>positados en el Banco Central <strong>de</strong>l Paraguay, en una cuentacorriente a la or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> la Secretaría Nacional Antidroga (SENAD),70% (setenta por ciento) y el Ministerio Público, 30% (treinta porciento)"."Art. 54 El extranjero farmaco<strong>de</strong>pendiente sin resi<strong>de</strong>nciapermanente será expulsado <strong>de</strong>l país; pero si el mismo hubieracometido otras violaciones a la presente ley, la expulsión se realizaráluego <strong>de</strong> que hubiese cumplido las penas por los hechos ilícitoscometidos".Art. 2º Ampliase la Ley N° 1340 <strong>de</strong>l 22 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong>1988, con las siguiente disposiciones:CAPÍTULO XDE LA ASISTENCIA JUDICIAL RECÍPROCAArt. 72 Con el objeto <strong>de</strong> facilitar las investigaciones y <strong>de</strong>obtener las pruebas judiciales necesarias para el esclarecimiento <strong>de</strong>los <strong>de</strong>litos castigados por esta ley, las autorida<strong>de</strong>s jurisdiccionalescompetentes <strong>de</strong> la República podrán prestar y solicitar la cooperacióny asistencia <strong>de</strong> las <strong>de</strong>l extranjero para:a) la notificación <strong>de</strong> resoluciones y sentencias;b) la recepción <strong>de</strong> testimonios y <strong>de</strong> otras <strong>de</strong>claraciones;c) la realización y recepción <strong>de</strong> pericias;d) efectuar inspecciones e incautaciones;e) proce<strong>de</strong>r a embargos, secuestros <strong>de</strong> bienes, inmovilización <strong>de</strong>activos y asistencia en procedimientos relativos a incautación;f) el examen <strong>de</strong> lugares y <strong>de</strong> objetos;g) la exhibición y entrega <strong>de</strong> documentos y expedientes;h) la i<strong>de</strong>ntificación o <strong>de</strong>tección <strong>de</strong> sustancias, instrumentos, equipos yotros elementos, con fines probatorios;i) la remisión <strong>de</strong> imputados, procesados o con<strong>de</strong>nados;j) cualquier otra forma <strong>de</strong> asistencia judicial recíproca, autorizada porel <strong>de</strong>recho interno e internacional.Art. 73 Las piezas probatorias provenientes <strong>de</strong>l extranjero seregirán, en cuanto a la formalidad <strong>de</strong> su diligenciamiento, por la ley<strong>de</strong>l lugar don<strong>de</strong> se las obtengan, siendo ellas válidas siempre que nose las haya obtenido en contravención a las normas constitucionales yprocesales vigentes en el país. Dichas pruebas serán incorporadas al414

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!