13.07.2015 Views

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

LEY Nº 1.626/00esta ley establece para los organismos o entida<strong>de</strong>s mencionados en suArtículo 1º.Art. 141 Los organismos y entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l Estadomencionados en el Artículo 1° <strong>de</strong> la presente ley, proce<strong>de</strong>rán <strong>de</strong>oficio a jubilar o pensionar a los funcionarios que cumplan con losrequisitos legales establecidos para el efecto en el Capítulo XV <strong>de</strong> lapresente ley.Art. 142 El Po<strong>de</strong>r Ejecutivo podrá reorganizar laadministración pública, previendo para los afectados un sistema <strong>de</strong>retiro voluntario basado en jubilaciones anticipadas equivalentes a losporcentajes que correspon<strong>de</strong>rían <strong>de</strong> la jubilación ordinaria según eltiempo <strong>de</strong> aporte a la caja respectiva, conforme a la escala que seindica más a<strong>de</strong>lante y el funcionario tenga más <strong>de</strong> cincuenta años <strong>de</strong>edad o, alternativamente, in<strong>de</strong>mnizaciones compensatoriasproporcionales a su antigüedad y sujetas a los montos que al respectoestablezca el Código <strong>de</strong>l Trabajo para el <strong>de</strong>spido injustificado.La escala correspondiente se <strong>de</strong>talla a continuación:15 años - 50% 21 años - 68% 27 años - 88%16 años - 53% 22 años - 71% 28 años - 92%17 años - 56% 23 años - 74% 29 años - 96%18 años - 59% 24 años - 77% 30 años - 100%19 años - 62% 25 años - 80%20 años - 65%26 años - 84%Art. 143 Los funcionarios que se hayan acogido al régimenjubilatorio no podrán ser reincorporados a la administración pública.La docencia y la investigación científica quedan excluidas <strong>de</strong> estalimitación. 497Art. 144 Los tribunales electorales <strong>de</strong>l país enten<strong>de</strong>rán enlos casos previstos en esta ley, cuando se trate <strong>de</strong> funcionariosmunicipales o <strong>de</strong> los gobiernos <strong>de</strong>partamentales. 498Art. 145 Derógase la Ley Nº 200 <strong>de</strong>l 17 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 1970,los artículos 2° inc. d) y artículo 412 <strong>de</strong>l Código <strong>de</strong>l Trabajo, y todaslas <strong>de</strong>más normas que se opongan a la presente ley.497 Ley Nº 1.626/00 “De la Función Pública” art. 16 inc. f).498 Ley Nº 1.626/00 “De la Función Pública”, art. 86389

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!