13.07.2015 Views

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DIGESTO DE DERECHO ADMINISTRATIVOb) Notificar, cuando proceda, a las instituciones financierasque funcionan en su territorio, a solicitud <strong>de</strong> otro Estado Parte o porpropia iniciativa, la i<strong>de</strong>ntidad <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminadas personas naturales ojurídicas cuyas cuentas esas instituciones <strong>de</strong>berán someter a un mayorescrutinio, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> las que las instituciones financieras puedani<strong>de</strong>ntificar <strong>de</strong> otra forma.3. En el contexto <strong>de</strong>l Apartado a) <strong>de</strong>l Párrafo 2 <strong>de</strong>l presenteartículo, cada Estado Parte aplicará medidas para velar por que susinstituciones financieras mantengan, durante un plazo conveniente,registros a<strong>de</strong>cuados <strong>de</strong> las cuentas y transacciones relacionadas conlas personas mencionadas en el Párrafo 1 <strong>de</strong>l presente artículo, loscuales <strong>de</strong>berán contener, como mínimo, información relativa a lai<strong>de</strong>ntidad <strong>de</strong>l cliente y, en la medida <strong>de</strong> lo posible, <strong>de</strong>l beneficiariofinal.4. Con objeto <strong>de</strong> prevenir y <strong>de</strong>tectar las transferencias <strong>de</strong>lproducto <strong>de</strong> <strong>de</strong>litos tipificados con arreglo a la presente Convención,cada Estado Parte aplicará medidas apropiadas y eficaces paraimpedir, con la ayuda <strong>de</strong> sus órganos reguladores y <strong>de</strong> supervisión, elestablecimiento <strong>de</strong> Bancos que no tengan presencia real y que noestén afiliados a un grupo financiero sujeto a regulación. A<strong>de</strong>más, losEstados Parte podrán consi<strong>de</strong>rar la posibilidad <strong>de</strong> exigir a susinstituciones financieras que se nieguen a entablar relaciones con esasinstituciones en calidad <strong>de</strong> Bancos corresponsales, o a continuar lasrelaciones existentes, y que se abstengan <strong>de</strong> establecer relaciones coninstituciones financieras extranjeras que permitan utilizar sus cuentasa Bancos que no tengan presencia real y que no estén afiliados a ungrupo financiero sujeto a regulación.5. Cada Estado Parte consi<strong>de</strong>rará la posibilidad <strong>de</strong> establecer,<strong>de</strong> conformidad con su <strong>de</strong>recho interno, sistemas eficaces <strong>de</strong>divulgación <strong>de</strong> información financiera para los funcionarios públicospertinentes y dispondrá sanciones a<strong>de</strong>cuadas para todoincumplimiento <strong>de</strong>l <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> <strong>de</strong>clarar. Cada Estado Parte consi<strong>de</strong>raráasimismo la posibilidad <strong>de</strong> adoptar las medidas que sean necesariaspara permitir que sus autorida<strong>de</strong>s competentes compartan esainformación con las autorida<strong>de</strong>s competentes <strong>de</strong> otros Estados Parte,si ello es necesario para investigar, reclamar o recuperar el producto<strong>de</strong> <strong>de</strong>litos tipificados con arreglo a la presente Convención.6. Cada Estado Parte consi<strong>de</strong>rará la posibilidad <strong>de</strong> adoptar lasmedidas que sean necesarias, con arreglo a su <strong>de</strong>recho interno, paraexigir a los funcionarios públicos pertinentes que tengan algún<strong>de</strong>recho o po<strong>de</strong>r <strong>de</strong> firma o <strong>de</strong> otra índole sobre alguna cuentafinanciera en algún país extranjero que <strong>de</strong>claren su relación con esacuenta a las autorida<strong>de</strong>s competentes y que lleven el <strong>de</strong>bido registro186

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!