13.07.2015 Views

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

digesto de derecho administrativo tomo i agente ... - Poder Judicial

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

LEY Nº 2.298/03extradición respecto a los <strong>de</strong>litos a los que se aplica el presenteartículo.5. Los Estados Parte que supediten la extradición a laexistencia <strong>de</strong> un tratado <strong>de</strong>berán:a) En el momento <strong>de</strong> <strong>de</strong>positar su instrumento <strong>de</strong> ratificación,aceptación o aprobación <strong>de</strong> la presente Convención o <strong>de</strong> adhesión aella, informar al Secretario General <strong>de</strong> las Naciones Unidas <strong>de</strong> siconsi<strong>de</strong>rarán o no la presente Convención como la base jurídica <strong>de</strong> lacooperación en materia <strong>de</strong> extradición en sus relaciones con otrosEstados Parte en la presente Convención; yb) Si no consi<strong>de</strong>ran la presente Convención como la basejurídica <strong>de</strong> la cooperación en materia <strong>de</strong> extradición, esforzarse,cuando proceda, por celebrar tratados <strong>de</strong> extradición con otrosEstados Parte en la presente Convención a fin <strong>de</strong> aplicar el presenteartículo.6. Los Estados Parte que no supediten la extradición a laexistencia <strong>de</strong> un tratado reconocerán los <strong>de</strong>litos a los que se aplica elpresente artículo como casos <strong>de</strong> extradición entre ellos.7. La extradición estará sujeta a las condiciones previstas enel <strong>de</strong>recho interno <strong>de</strong>l Estado Parte requerido o en los tratados <strong>de</strong>extradición aplicables, incluidas, entre otras, las relativas al requisito<strong>de</strong> una pena mínima para la extradición y a los motivos por los que elEstado Parte requerido pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>negar la extradición.8. Los Estados Parte, <strong>de</strong> conformidad con su <strong>de</strong>recho interno,procurarán agilizar los procedimientos <strong>de</strong> extradición y simplificarlos requisitos probatorios correspondientes con respecto a cualquiera<strong>de</strong> los <strong>de</strong>litos a los que se aplica el presente artículo.9. A reserva <strong>de</strong> lo dispuesto en su <strong>de</strong>recho interno y en sustratados <strong>de</strong> extradición, el Estado Parte requerido podrá, tras habersecerciorado <strong>de</strong> que las circunstancias lo justifican y tienen carácterurgente, y a solicitud <strong>de</strong>l Estado Parte requirente, proce<strong>de</strong>r a la<strong>de</strong>tención <strong>de</strong> la persona presente en su territorio cuya extradición sepi<strong>de</strong> o adoptar otras medidas a<strong>de</strong>cuadas para garantizar lacomparecencia <strong>de</strong> esa persona en los procedimientos <strong>de</strong> extradición.10. El Estado Parte en cuyo territorio se encuentre unpresunto <strong>de</strong>lincuente, si no lo extradita respecto <strong>de</strong> un <strong>de</strong>lito al que seaplica el presente artículo por el solo hecho <strong>de</strong> ser uno <strong>de</strong> susnacionales, estará obligado, previa solicitud <strong>de</strong>l Estado Parte que pi<strong>de</strong>la extradición, a someter el caso sin <strong>de</strong>mora injustificada a susautorida<strong>de</strong>s competentes a efectos <strong>de</strong> enjuiciamiento. Dichasautorida<strong>de</strong>s adoptarán su <strong>de</strong>cisión y llevarán a cabo sus actuacionesjudiciales <strong>de</strong> la misma manera en que lo harían respecto <strong>de</strong> cualquierotro <strong>de</strong>lito <strong>de</strong> carácter grave con arreglo al <strong>de</strong>recho interno <strong>de</strong> eseEstado Parte. Los Estados Parte interesados cooperarán entre si, en117

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!