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Descargar Obra - Poder Judicial

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RÉGIMEN JURÍDICO DE LA EXTRADICIÓN Y DEL ASILOTRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE LA REPÚBLICADEL PARAGUAY Y EL REINO DE ITALIA 114El Excelentísimo Señor Presidente de la República delParaguay y Su Majestad el Rey de Italia deseando asegurar la represiónde los delitos cometidos en sus respectivos territorios yjurisdicción, cuyos autores y cómplices quisieran eludir el rigor dela Ley, refugiándose de la una a la otra Nación, han resuelto celebrarun TRATADO DE EXTRADICIÓN nombrando al efecto susrespectivos Plenipotenciarios, a saber:El Excmo. Señor Presidente de la República del Paraguay aS. E el Dr. Don Cecilio Báez Su Ministro Secretario de Estado enel Departamento de Relaciones Exteriores y S.M el Rey de Italia alCab. Héctor Gazzaniga Su Encargado de Negocios en el Paraguay.Los cuales después de haberse comunicado sus plenos poderes, quefueron hallados, en debida forma, convinieron en los siguientesartículos 115 :Artículo 1°Las Altas Partes Contratantes se obligan a entregarse recíprocamente,de conformidad con las estipulaciones de este Tratado,los individuos acusados, perseguidos o condenados por las autoridadesjudiciales de una de las Altas Partes Contratantes, por uno delos actos punibles mencionados en el artículo 3° de este Tratado,siempre que esos actos sean declarados punibles por la legislacióndel estado reclamante como por la del Estado requerido y hayansido cometidos dentro del territorio del Estado reclamante. Cuandoel acto punible que motiva el pedido de extradición hubiese sidocometido fuera del territorio del Estado reclamante, se podrá darcurso a este pedido, siempre que la legislación del Estado que lorequiera y la del Estado requerido autoricen en ese caso la persecuciónde los mismos hechos cometidos en el extranjero.114 Transcripción del texto oficial suministrado por la División de Tratadosdel Ministerio de Relaciones Exteriores de la Rca. del Paraguay.115 El Tratado fue aprobado por Ley del 20 de junio de 1910 y entró envigor en la misma fecha.261

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