13.07.2015 Views

Descargar Obra - Poder Judicial

Descargar Obra - Poder Judicial

Descargar Obra - Poder Judicial

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

PRIMERA PARTE: EXTRADICIÓNArtículo 4ºLa extradición será solicitada por vía diplomática.En defecto de una representación diplomática, el pedidode extradición será dirigido por el Ministro de Relaciones Exterioresde una Parte Contratante al Ministerio de Relaciones Exterioresde la otra Parte.La extradición será solamente acordada cuando se presentesea original o en copia auténtica la sentencia condenatoria o unauto motivado de prisión o bien todo otro documento que tuviesela misma fuerza de ese auto o sentencia.Esos documentos que serán expedidos con las formalidadesprescriptas por la legislación del Estado reclamante contendránla designación del hecho punible de que se trata, la indicaciónla pena que le es aplicable y se acompañarán copia legalizadadel texto legal pertinente al hecho que motiva el pedido deextradición, así como las señales del individuo reclamando u otrosdatos que pudieren servir para verificar su identidad, siempre quefuese posible.La extradición de los fugitivos con arreglo a lo estipuladoen la presente Convención se efectuará según las leyes relativas ala extradición que estén en vigor en el Estado requerido en tiempode la reclamación.Artículo 5ºEn caso de urgencia cada una de las Altas Partes contratantespodrá en virtud de un aviso de la existencia de un mandatode prisión pedir y obtener por la vía más directa, el arresto provisoriodel acusado o condenado, a condición, sin embargo, de queel documento que sirve de fundamento al pedido sea presentado enel término de dos meses a contar del día en que el arresto tuvieselugar.Artículo 6ºSi en los tres meses contados desde el día en que el acusadoo condenado hubiere sido puesto a su disposición, el Gobierno252

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!