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346 ESPAÑA EN PARÍSnoviembre de 1888 la Cámara de Comercio de Manila se moviliza pidiendo dinerospara poder concurrir al certamen que se iba a celebrar al año siguiente. Argumenta,como base de su petición, que conoce de manera oficiosa la existencia de una ayudaestatal distribuida a las cámaras de comercio de la Península. Esta reclamación va apermitir al archipiélago filipino obtener la temprana colaboración económica delgobierno central, al tiempo que se publica la ley presupuestaria para las cámaraspeninsulares. Por Real Orden de 5 de febrero de 1889 se concede a las islas Filipinas15.000 pesos 353 .Desde luego, las provincias de Ultramar necesitaban un auxilio semejante parafavorecer la concurrencia de sus productos. Los trámites, bastante rápidos, son dirigidospor Manuel de Becerra, entonces ministro de Ultramar. Se inician a principios defebrero de 1889, dándose por finalizados en marzo, cuando son firmados como ley porla reina regente María Cristina 354 . La exposición dirigida a las Cortes con la finalidad deobtener estos créditos para las provincias ultramarinas recuerda los beneficios quepueden obtenerse del concurso a la exposición. Como mayor ventaja se refiere laimportancia de dar a conocer los productos de estas posesiones españolas, sus ―variadosy privilegiados frutos presentados en las múltiples manifestaciones que la inteligencia yel trabajo de aquellos leales habitantes han logrado alcanzar […] llamados á surtir losprimeros mercados‖ 355 . Por lo tanto, el fomento del comercio vuelve a ser el principalmotivo que se arguye para defender su participación. Además, si el gobierno nacionalha ofrecido un crédito a las cámaras de comercio de la metrópoli, más cercanas a París,desde Ultramar se solicita una ayuda semejante, teniendo en consideración que losenvíos desde estos territorios necesitan superar distancias mayores y que suspresupuestos no consignan cantidad alguna para este efecto.Por otro lado, el gobierno provincial puertorriqueño anuncia, al Ministerio deUltramar, que la Sociedad Económica de la isla ha resuelto amparar económicamente alas corporaciones que promuevan la concurrencia de la provincia en París, por353 El Ministerio de Ultramar se dirige al Gobierno General de Filipinas con fecha de 22 de febrero de1889, informando de la concesión del crédito. A. H. N., Secc. Ultramar, Leg. 287, Exp. 3, nº 4. El créditose aplica al presupuesto vigente de las islas, sección octava de Fomento, con la denominación ―paraauxiliar la concurrencia en la exposición de París de los productos de aquel Archipiélago‖ en el que ya secita el medio millón de pesetas dado a las cámaras peninsulares. A. H. N., Secc. Ultramar, Leg. 287, Exp.3, nº 8. El decreto es publicado en la Gaceta de Madrid, 7-II-1889, p. 338.354 Se firman el 23 de marzo y son publicados el 2 de abril de 1889.355 Diario de las Sesiones de Córtes, apéndice 3º al nº 43. A. C. D., Serie General, Leg. 238, nº 19.

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