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4. LA PARTICIPACIÓN ESPAÑOLA 345auxilios extraordinarios aprobados para la participación de estas provincias a otrasexposiciones universales, como Filadelfia o Viena. No obstante, en principio se habíapensado una dotación menor, dejando abierta la posibilidad de consignar nuevascantidades en el presupuesto del año siguiente. Así Filipinas obtenía prácticamente lamitad, 4.000 pesos, Cuba 6.000 y Puerto Rico 1.365 pesos 350 .En la Exposición Universal de 1889 se produce un relevo institucional en ladirección de la participación de las provincias ultramarinas en la exposición universal.En esta ocasión España participa de forma no oficial, siendo las cámaras de comerciolas instituciones nodriza de la organización española. Hasta el momento, ladocumentación consultada nada refiere sobre la composición de las comisionesprovinciales de este certamen, si bien cabe suponer que concitan a autoridades políticas,económicas y culturales de estas provincias o vinculadas a ellas de alguna manera.El presupuesto general del Estado consigna un crédito de 500.000 pts —dosmillones de reales— 351 para ayudar a las cámaras de comercio y dar un apoyo oficial alos expositores españoles que deseen acudir a la exposición de París 352 . Pero estamedida afecta a las cámaras peninsulares o mejor, de la metrópoli. Por ello, eninforme sobre la legitimidad de este gasto y de este presupuesto con fecha de 10 de noviembre de 1877.Este organismo responde afirmativamente apenas un mes después. Según informa el letrado BaltasarMenéndez Valdés, se entiende que ―hay necesidad de crear los créditos que corresponden á las mismasprovincias por medio de una concesión especial en concepto de extraordinarios y en la formaestablecida‖. El Consejo de Estado al Ministerio de Ultramar, 12 de diciembre de 1877. A. C. E., Fondode Ultramar, Exp. 18.178, Sig. V-017-091. Hay copia de estos créditos ratificados por el Consejo deEstado y aprobados por R. O. de 24 de febrero de 1878 en A. H. N., Secc Ultramar, Leg. 105, Exp. 1, nº29-30. Además, se conserva la R. O. de 29 de septiembre de 1877 sobre la concesión de un créditoextraordinario de 30.000 pesetas con cargo al presupuesto de la isla de Cuba para atender a los gastos dela participación en la exposición, permitiendo aplicar al mismo fin los sobrantes de la exposición deFiladelfia. A. H. N., Secc Ultramar, Leg. 105, Exp. 1, nº 19. Se puede establer la equilavalencia de 30.000pesos en 6.000 pesetas. Véase la nota siguiente.350 El presupuesto para la Exposición Universal de Viena se amplia hasta 125.000 pesetas que se reparteproporcionalmente. Cuba obtuvo 75.000 pts, es decir, el 60%, y Filipinas y Puerto Rico recibieron 25.000pts cada una, esto es, el 20%. En la Exposición Universal de Filadelfia se consigna la cantidad de 150.000pesetas, aunque el reparto varía; Cuba recibe el 45%, que equivale a 67.500 pesetas; Filipinas el 39%, osea, 58.500 pts y Puerto Rico 24.000 pts, el 16%. Respuesta de la Dirección General de Gracia y Justicia,Administración y Fomento del Ministerio de Ultramar al Negociado de Colonización, Museos yExposiciones del mismo ministerio firmada por el director general Cisneros con fecha de 25 deseptiembre de 1877. El anexo con las cantidades para el presupuesto de 1877-1878 se expresa en pesos yen pesetas. Así el presupuesto dado a Puerto Rico es de 1.365 pesos que son 6.825 pesetas, a Filipinas esde 4.000 pesos o 20.000 pts y a Cuba es de 6.000 pesos o 30.000 pts. El total en pesos asciende a 11.365pesos que equivalen a 56.825 pesetas. De esta relación se infiere que en esta fecha un peso equivale acinco pesetas. A. H. N., Secc Ultramar, Leg. 105, Exp. 1, nº 16.351 PARDO BAZÁN, 1889, p. 11. En este momento la peseta y el franco son equiparables, pues AlfredPicard en su informe general refiere 500.000 francos. PICARD. t. III, 1891, p. 172.352 Según carta del delegado general de la Delegación de España en la Exposición —Batanero— alembajador Fernando León y Castillo, con fecha de 15 de marzo de 1889, el crédito se otorga por conductodel Ministerio de Fomento con encargo de aplicarlo a la Cámara de Comercio de Madrid, auxiliada porlas demás cámaras del reino por medio de un Comité Especial y de una Delegación. A. G. A., Secc.Asuntos Exteriores, Embajada de España en París, Caja 5.756.

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