13.07.2015 Views

0de1.ABLPtomoI

0de1.ABLPtomoI

0de1.ABLPtomoI

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

340 ESPAÑA EN PARÍSde las provincias a cargo del Ministerio de Ultramar, que se pone a disposición delcomisario regio de España en París. Los dineros se distribuyen proporcionalmente,atendiendo a la importancia y cantidad de la colección con que cada provincia participe.El reparto otorga 3.000 escudos a Filipinas, 2.000 a Cuba y 1.000 escudos a PuertoRico 332 . Como el Ministerio de Ultramar se ve incapaz de sufragar la inversión que susprovincias realizan para presentarse en París 333 , se toman caudales de la partidapresupuestaria del Ministerio de Fomento en estas provincias 334 .Las demandas no acaban aquí. La Comisión Regia de España en París acusaproblemas de solvencia en octubre. El comisario tantea, en un primer intento, las arcasdel Ministerio de Fomento, que parecen exhaustas, y después tienta las voluntades deCarlos Marfori, ministro de Ultramar. Solicita un auxilio de entre 5.000 y 8.000 escudoscon el pretexto de suplir los gastos ocasionados por los productos coloniales que,además, llegaron tarde, cuando ya estaban arreglados los locales. Las finanzas delministerio ultramarino tampoco se muestran boyantes, tanto es así que la Reina, por R.O. de 25 de octubre, accede al pago de un déficit de 12.000 escudos a través de susbanqueros de París, aunque a los gastos anteriores se suma un proyecto de mayorenvergadura: la fundación de un Museo de Ultramar.La decisión final llega por R. O. de 18 de noviembre en la que se acuerda elenvío de 6.000 escudos, ampliando el anterior crédito abierto, a cargo del comisarioregio para pagar los gastos de envío de los objetos que van a formar el Museoultramarino. La forma establecida es similar al crédito de 4 de enero de 1867. Losdineros se incluyen en la sección de Fomento y cada isla contribuye equitativamente:1.000 escudos Puerto Rico, 2.000 Cuba y 3.000 escudos Filipinas. El comisario regio,pese a encontrar solución a la falta de recursos, se ve en la obligación moral de explicaral ministro de Ultramar y a la propia Reina la imposibilidad material de justificar lospagos en la forma prevista. En realidad, las actividades que restan, sobre todo,332 El crédito se concede a la sección de Fomento de dichas provincias. A. H. N., Secc. Ultramar, Leg. 79,Exp. 24, Nº 106. El Gobierno Superior Civil de Puerto Rico deja constancia del recibo de una letra a 8días vista por valor de 1.000 escudos con fecha de 30 de julio de 1867. El gobernador expide la primeraletra de cambio por importe de 500 pesos fuertes con fecha de 30 de julio al ministro de Ultramar y éste lapasa al Director General del Tesoro Público. La segunda letra,por valor de 500 pesos fuertes, data del 12de agosto de 1867 y sigue el mismo recorrido. A. H. N., Secc. Ultramar, Leg. 1.111, Exp. 43.333 Se conserva la relación de gastos consignados por este Ministerio con gastos de carpintería y tapicería,de muebles, de envases y de jornales, entre los que figuran 150 francos mensuales del conserje encargadode la custodia del pabellón. En total se cifran en 15.789,45 francos (equivalentes a 6.000 escudos). A. H.N., Secc. Ultramar, Leg. 79, Exp. 24, N os 161-162.334 El total asciende a 14.110 (no se especifica la moneda, posiblemente sean escudos) por varios trabajos:ampliación del local en un anexo al pabellón del parque, reparación de cristales, gastos de instalación,jornales, etc. A. H. N., Secc. Ultramar, Leg. 79, Exp. 24, Nº 104.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!