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4. LA PARTICIPACIÓN ESPAÑOLA 271solicita a las diputaciones provinciales que contribuyan con el Estado a sufragar losgastos generados en el transporte de los objetos, desde las provincias a Madrid, yautoriza a las comisiones provinciales para enviar directamente a París los objetos degran peso o volumen cuya admisión no ofrezca duda, ajustándose al calendariodeterminado por el Reglamento General, con objeto de reducir costes.Casi a las puertas de la inauguración, las instalaciones españolas en París sealejan bastante de una situación controlada. Mariano Soriano pinta un panoramacaótico: el retraso de los envíos, la aglomeración de éstos en los últimos días de marzo yla mala rotulación impide conocer a quién pertenecen los productos o su procedencia. Atodo ello se suman los problemas con el contratista de las obras. Ante esta situación, laComisión Regia se reúne por segunda y última vez el día 19 de abril con objeto de tratarlas causas de estas demoras. Como solución se nombran tres comisiones: una encargadade la redacción del catálogo, otra para averiguar el origen de los aplazamientos y latercera para colaborar con los trabajos de las instalaciones. Finalmente, se quitaimportancia al asunto, reconociendo que la mayor parte de las naciones se encontraban―casi en idéntico caso que España‖ 119 .Las normas sobre la admisión y envío de obras de arte, aprobadas por DecretoImperial de 12 de julio de 1865. Según esta normativa, son admitidas las obras de arteejecutadas desde el 1 de enero de 1855; por tanto, aquellas que no han figurado en laanterior edición universal de París. No se admiten copias, salvo las litografías ygrabados, como tampoco se admiten las miniaturas, cuadros al óleo, acuarelas, pasteles,dibujos, cartones de vidrieras o de frescos que carezcan de marco, ni las esculturas debarro crudo. Las obras de arte extranjeras son seleccionadas por las comisionesespeciales establecidas por cada gobierno, debiendo ser enviadas al Palacio del Campode Marte desde el 15 de enero al 10 de marzo de 1867. Antes del 1 de febrero de 1867cada comisión nacional ha de remitir a través de su comisario general la relación deobras de arte con objeto de incluirlas en el catálogo general.Los artistas españoles que deseen figurar en este certamen son conminados apresentar sus obras al jurado de la Exposición Nacional de Bellas Artes de Madrid, pueseste mismo jurado dictamina qué obras se van a exponer en París, siendodefinitivamente admitidas por la Comisión de Calificación y Estudio, que tambiénexamina las obras de los artistas españoles pensionados en el extranjero, según se119 SORIANO FUERTES, 1868, p. 306.

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